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Nº Edicto15609
CarátulaMARTINEZ URREA ALBERTO RENATO C/ GALENO ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L)
Nro. ExpedienteRecep.:RO-12131-L-0000
OrganismoCámara del Trabajo - Secretaría Nº2 - General Roca
Fecha de publicación en la Web Judicial2024-05-02
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2024-05-09
Nº Boletín6284
Texto
EDICTO
 
 
La Dra. Daniela A. C. Perramón, Presidenta de la Cámara Segunda del Trabajo de la Segunda Circunscripción Judicial de Río Negro, Secretaría a cargo de la Dra. María Magdalena Tartaglia, con asiento en San Luis N° 853 -2do. Piso - de la ciudad de General Roca, en el que tramitan los autos caratulados: MARTINEZ URREA ALBERTO RENATO C/ GALENO ART S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO (L) (Expte. N° RO-12131-L-0000), notifica por este medio al actor MARTINEZ URREA ALBERTO RENATO, DNI N° 92440938, la Sentencia dictada en autos en fecha 16/04/2024 que en su parte pertinente dicen: ///General Roca, 16 de abril de 2024. VISTOS: ..., RESUELVE: I) DECLARAR la caducidad de la presente instancia, de conformidad a lo dispuesto por el art. 20 de la Ley 5631. II) IMPONER LAS COSTAS del proceso a la parte actora (conf. art. 73 del CPCyC de RN). III) REGULAR los honorarios de los Dres. MARCELO A. LOPEZ ALANIZ y FABIANA LAURA ARROYO en la suma conjunta de $ 312.940 (MB mínimo 10 JUS - Valor del JUS $31.294); los del Dr. DAMIAN LEONART en la suma de $156.470 (MB mínimo 50% de 10 JUS - Valor del JUS $31.294) y los de la Dra. JULIANA TAMBORINI en la suma de $ 156.470 (MB mínimo 50% de 10 JUS- Valor del JUS $31.294); ello de conformidad con los arts. 6, 9, 11, 21, 38 y 40 Ley 2212. Todo ello, con más el IVA correspondiente a los letrados responsables inscriptos en dicho tributo, debiendo acreditar en tal caso su condición con la constancia pertinente. Los honorarios de los profesionales se han regulado teniendo en cuenta el importe pecuniario del proceso, importancia de los trabajos realizados y calidad y extensión de los mismos. REGULAR los honorarios del perito interviniente en autos, Dr. AMBROGGIO, DANIEL ROBERTO, en la suma de $78.235 (50% de 5 Jus - Valor del JUS $ 31.294 cfr. arts. 1, 2, 4, 5, 18, 20 y cctes. de la Ley 5069). Regístrese, notifíquese a las partes conf. art. 25 Ley 5631 y al actor mediante edictos y cúmplase con la ley 869. Fecho, archívense las presentes actuaciones. Dejándose constancia que se vincula al representante de Caja Forense para la notificación de esta resolución. Todo lo que ASI SE RESUELVE. -fdo.: DRA. DANIELA A.C. PERRAMÓ-Presidenta DR. JUAN AMBROSIO HUENUMILLA -Juez DRA. MARÍA DEL CARMEN VICENTE -Jueza.-
El instrumento que antecede ha sido firmado digitalmente en los términos y alcances de la Ley Nac. 25506 y Ley A 3997, Res. 398/05 y Ac. 12/18-STJ y se publica en el día de la fecha. Conste. 
Secretaría, 30 de abril de 2024.-Ante mí: DRA. MARÍA MAGDALENA TARTAGLIA -Secretaria.-
lm/avp