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Nº Edicto15611
CarátulaLEDO SALVARREDI, ABEL EUGENIO GASPAR C/ NICOLA, PABLO JOSE S/ SUMARÍSIMO - DESALOJO
Nro. ExpedienteRecep.:VI-01567-C-2022
OrganismoUnidad Jurisdiccional N° 3 - Ex Civil N° 3 - Viedma
Fecha de publicación en la Web Judicial2024-05-02
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2024-05-13
Nº Boletín6285
Texto
El Dr. Leandro Javier Oyola, Juez a cargo de la Unidad Jurisdiccional N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial de la provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma, Secretaría a cargo de la Dra. María Justina Boeri, notifica al Sr. Pablo José Nicola, DNI N° 26.347.857, de que, encontrándose vencido el término acordado a la accionada para contestar la demanda y comparecer en autos sin que lo hubiere efectuado, se le ha dado por decaído el derecho que para hacerlo tenía, se ha hecho efectivo el apercibimiento previsto por el artículo 59 del CPCC y se lo ha declarado rebelde en juicio con los efectos establecidos por el art. 60 CPCC, en autos: "LEDO SALVARREDI, ABEL EUGENIO GASPAR C/ NICOLA, PABLO JOSE S/ SUMARÍSIMO - DESALOJO" - Expte. N°: VI-01567-C-2022. Publíquese por un dos (2) días. Fdo. María Eugenia Gutierrez Elcarás- Coordinadora OTICCA. Viedma, 2 de mayo de 2024.