| Nº Edicto | 15804 |
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| Carátula | BANCO DE LA PAMPA S.E.M. C/ ARIAS FELIX RUBEN S/ EJECUTIVO (C) |
| Nro. Expediente | Recep.:CI-22974-C-0000 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3 - Cipolletti |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2024-05-24 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2024-06-10 |
| Nº Boletín | 6293 |
| Texto |
Soledad PERUZZI, Jueza a cargo de la Unidad Jurisdiccional Nº 3, secretaría unica, cito en calle Yrigoyen 387, 1° piso, de la ciudad de Cipolletti (RN), hace saber que en fecha 12 de noviembre de 2019, se ha dictado sentencia monitoria en los autos "BANCO DE LA PAMPA SEM C/ ARIAS, Félix Rubén S/ Ejecutivo" (Expte: CI-22974-C-0000) mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado FÉLIX RUBÉN ARIAS, haga al acreedor BANCO DE LA PAMPA SEM, íntegro pago del capital reclamado de PESOS: TREINTA y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA y NUEVE CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 35.379,18), con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 539 del CPCC), presupuestándose a tales fines la suma de PESOS VEINTE MIL ($20.000,00). Se hace saber que dentro del plazo de CINCO días, con más la ampliación que corresponda en razón de la distancia (art. 158 CPCC), el demandado deberá oponer las excepciones previstas por el art. 544 del CPCC, lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución (art. 542 CPCC) y tome la intervención que le corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de designarle DEFENSOR DE AUSENTES (art 552 CPCC) Publíquese por un día. Cipolletti, 24 de mayo de 2024.
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