| Nº Edicto | 15806 |
|---|---|
| Carátula | ÑANCULEO, MARIA MAGDALENA S/ CONCURSO PREVENTIVO |
| Nro. Expediente | Recep.:VI-00643-C-2023 |
| Organismo | Unidad Jurisdiccional N° 3 - Ex Civil N° 3 - Viedma |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2024-05-24 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2024-05-30 |
| Nº Boletín | 6290 |
| Texto |
El Dr. Leandro Javier Oyola, Juez a cargo de la Unidad Jurisdiccional 3 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma, Secretaría a cargo de la Dra. María Justina Boeri, comunica que en los autos caratulados "ÑANCULEO, MARIA MAGDALENA S/ CONCURSO PREVENTIVO - EXPEDIENTE N° VI-00643-C-2023, con fecha 02 de junio de 2023 se ha decretado la apertura del concurso de María Magdalena Ñanculeo - DNI N° 28.616.239, CUIT N° 27286162393, con domicilio real en calle 16 N° 801 de Viedma, Provincia de Río Negro. Se ha designado como Síndicos al Cdor. Omar Raúl Lehner, el que constituye domicilio en calle Saavedra Nº 566, de la ciudad de Viedma, quien fija el horario de atención de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 12:00 en el domicilio denunciado, y a la Cdora. Ruth Jaqueline Castro, con domicilio en calle Jamaica Nº 2435 de la ciudad de General Roca, R.N., domicilios electrónicos: cracastroruth@gmail.com - verificacionesdecreditos@gmail.com, consignando la exclusividad respecto del acreedor Banco Patagonia S.A. Se dispone que hasta el 5/07/2024 los acreedores deberán presentar a los Sres. Síndicos, en los domicilios y horario indicado, los pedidos de verificación y títulos pertinentes (Art. 14 inc.3). El informe individual de créditos y el informe general deberán ser presentados el día 2/09/2024 y el día 15/10/2024, respectivamente, de conformidad con las disposiciones de los arts. 35, 39, 200 y cc. LCQ. Publíquese por el término de cinco (5) días en el Boletín Oficial y en el diario "Río Negro, conforme con lo dispuesto por el Art. 89 de la LCQ. Fdo. María Justina Boeri, Secretaria. Viedma, 24 de mayo del 2024. |