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EDICTO Dr. Marcelo Andrés Gutiérrez, Presidente, Dra. Elda Emilce Alvarez, Jueza, Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez, a cargo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo, Secretaría subrogante a cargo de la Dra. Guadalupe Rita Dorado, de la Cuarta Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento de sus funciones en Irigoyen Nº 387 de la ciudad de Cipolletti, en los autos caratulados: “ZOILO S.A. c/ ARAVENA RICARDO Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO) (EXPTE. PUMA CI-36052-C-0000 y SEON N° A-4CI-968-C2017) hace saber a la Sra. PAOLA VANESA MELO, DNI Nº 26.935.716 y al Sr. Ricardo Aravena, DNI Nº 10.675.814 se ha dictado sentencia el 05/08/2024, que en su parte resolutiva dispone lo siguiente: “Primero: Rechazar el recurso apelación interpuesto el 13 de septiembre de 2023 por el demandado Carlos Hidalgo, que fuera fundado el 15 del mismo mes y año, confirmando la resolución de grado del 08 de septiembre 2023, en lo que fue materia del agravio, por las razones indicadas en el presente. Con costas de esta segunda instancia al apelante perdidoso (arts. 271, 272 y ccdtes. del CPCC).- Segundo: Por su actuación en orden a la apelación mencionada, regular los honorarios del doctor Juan R. Navarret en el 25% de los que se le fijaron en la vía de origen; y los de las doctoras Adriana Carriquiriborde, Mariela Garabito y María J. Berduc se establecen también en el 25%, a calcular de igual manera y en base a los mismos roles en función de los cuales se les reguló en la instancia inicial (art. 15 y ccdtes. del CPCC).- Tercero: Rechazar las apelaciones arancelarias “por bajos” incoada el 13 de septiembre de 2023 por el letrado, doctor Juan R. Navarret; y la deducida el 09 de noviembre de igual año por Carlos Hidalgo, “por altos”, sin costas de conformidad a lo indicado al tratar la primera cuestión (art. 244, 271, 272 y ccdtes. del CPCC).- Cuarto: Regístrese, notifíquese conforme a las Acordadas vigentes y oportunamente devuélvase.". (Fdo) Dr. Marcelo Andrés Gutiérrez, Presidente, Dra. Elda Emilce Alvarez, Jueza, Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez, Dra. Guadalupe Rita Dorado. Cipolletti, 8 de agosto de 2024……Asimismo, notifíquese por edictos la sentencia dictada, a los demandados, Sra. PAOLA MELO y el Sr. RICARDO ARAVENA. A tal fin publíquense los mismos en el Boletín Oficial y en el sitio web del Poder Judicial (Cf. Ley Provincial 5273 y la Ac.Nº 4/2018 del STJ), durante UN día, Despacho a cargo de los letrados del actor. (Fdo.) Dr. Marcelo Andrés Gutiérrez, Presidente”. CPOLLETTI, 15 de agosto de 2024.
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