| Nº Edicto | 1786 |
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| Carátula | 'GIRONDE MARIA PAOLA EN AUTOS: GIRONDE MARIA PAOLA S- HOMOLOGACION DE CONVENIO CEJUME S/ INCIDENTE DE MODIFICACION DE ACUERDO' |
| Nro. Expediente | Recep.:S-1VI-213-F-2018 1ª Ins.:0438/18 |
| Organismo | Unidad Procesal Nº 5 (Ex-Juzgado de Familia Nº5) - Viedma |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2019-02-05 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | (sin datos) |
| Nº Boletín | (sin datos) |
| Texto | Se notifica al Sr. Gerardo Javier Cabral, DNI n° 29.034.337, de la siguiente resolucion: "Viedma, 14 de agosto de 2018.- Que a fs. 5/6 se presentó la Sra. María Paola Gironde y solicitó la homologación del acuerdo arribado con el Sr. Gerardo Javier Cabral, en base a los argumentos que allí explicitó, encontrándose debidamente acreditados los vínculos invocados según constancias obrantes en autos. Que corrido el pertinente traslado a la Sra. Defensora de Menores e Incapaces dictaminó no tener objeciones que formular. Por ello, RESUELVO: -.I. Homologar en todos sus términos el acuerdo que surge del acta de fs. 4.-, -.II. Imponer las costas por su orden, de acuerdo a lo convenido por las partes (conf. art. 68 C.Pr.).- -.III. Regular los honorarios profesionales del Dr. Alejandro Dario Montanari, en la suma equivalente a 5 jus; (arts. 6, 7, 9, 34, 48, 49 y 50 Ley G 2212).Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.- -.IV. Librar los correspondientes oficios.- -.V. Regístrese, protocolícese adjuntándose copia certificada por Secretaría del acuerdo de fs. 4 que forma parte integrante de la presente y notifíquese.- Fdo.: ANA CAROLINA SCOCCIA,JUEZ" Publiquese edicto por UN dia.- Secretaria, de febrero de 2019.- |