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Nº Edicto18234
CarátulaA.M.A. S/ HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO CIMARC
Nro. ExpedienteRecep.:SA-00048-F-2024
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste
Fecha de publicación en la Web Judicial2025-04-03
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2025-04-10
Nº Boletín6380
Texto

                                                          E D I C T O

La Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia N° 9, Secretaría N° 2 a cargo de la Dra. Daniela Adduci con asiento de funciones en San Antonio Oeste -sito en Sarmiento 241- de esta Primera Circunscripción Judicial de Río Negro, en autos A.M.A. S/ HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO CIMARC SA-00048-F-2024,  hace saber al Sr. Williams Nicolás PEREYRA D.N.I. Nº 40.100.251 de la sentencia de fecha 19 de abril 2024, que que homologa el acuerdo arribado entre las partes en fecha 27 de diciembre de 2023, la cual resuelve "San Antonio Oeste, 19 de abril de 2024.-RESUELVO:1.- Homologar en todos sus términos el acuerdo de fecha 27/12/2023.-2.- Imponer las costas al alimentante, Art. 121 del CPF.-3.- Regular los honorarios profesionales de la Defensora de Pobres y Ausentes interviniente, Dra. Gabriela YALTONE, en la suma de $156.470,00 (5 JUS), debiendo ser depositada en la cuenta corriente Nº 250-900002139 CBU 0340250600900002139002 del Banco Patagonia S.A. Sucursal Viedma.- 4.- Librar los correspondientes oficios, haciendo saber en su caso que la cuenta abierta oportunamente por el Centro Judicial de Mediación mediante legajo ALAN MARICRUZ ALEXANDRA Y PEREYRA, WILLIAMS NICOLAS S/ MEDIACION" N°0452-23-CSAO, ha pasado a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos. Los oficios serán diligenciados por cualquier medio fehaciente, con transcripción y bajo el apercibimiento del Art. 98 del CPF. Notifíquese al Banco Patagonia S.A. debiendo informar en el expediente número de cuenta y de CBU. Hágase saber que el informe del Banco será publicado sin providencia, vinculándose la cuenta en la solapa  correspondiente. Asimismo se señala que deberá librar cédula al Banco Patagonia mediante el Sistema PUMA -Tipo de Movimiento: Notificación- (tildando la opción: Organismo / Entidad), con transcripción únicamente de la parte pertinente (fecha, orden y firma).- 5.- Regístrese y notifíquese por cédula, y a la Defensora de Menores e Incapaces.- Fdo: K. Vanessa Kozaczuk, Jueza".- Publíquese edictos por un día en el Boletín Oficial (Conf. Art. 2340 CCyC), y por un día en la página web del Poder Judicial, Ac. 14/18 del STJ.- Se deja constancia que el presente cuenta con beneficio de ligar sin gastos.-

Secretaría, 03 de abril de 2025.-

 

Daniel Gutiérrez

Secretario Subrogante