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Nº Edicto18267
CarátulaDRES. ALLENDE FEDERICO Y SANTANGELO JUAN EN AUTOS: VILLANUEVA, ALDO JAVIER C/ BARBAGALLI, DANTE ANTONIO S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE CONTRATO DE TRABAJO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Nro. ExpedienteRecep.:RO-00078-L-2024
OrganismoCámara del Trabajo - Secretaría Nº1 - General Roca
Fecha de publicación en la Web Judicial2025-04-08
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2025-04-14
Nº Boletín6381
Texto
 
EDICTO
 
La Dra. Paula Inés Bisogni, Presidenta de la Cámara Primera del Trabajo, sito en calle San Luis 853 - 2do. Piso , de la ciudad de General Roca, Río Negro, en los autos caratulados "DRES. ALLENDE FEDERICO Y SANTANGELO JUAN EN AUTOS: VILLANUEVA, ALDO JAVIER C/ BARBAGALLI, DANTE ANTONIO S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE CONTRATO DE TRABAJO S/ EJECUCION DE HONORARIOS" - Expte. N°: RO-00078-L-2024",  notifica por este medio al Sr. BARBAGALLI, DANTE ANTONIO - CUIT/CUIL 20173715316, la sentencia dictada en autos en fecha 08/02/2024, que en su parte pertinente dice "General Roca, 8 de Febrero de 2024.- Atento el acuerdo homologado de fecha 18/5/23, el que se encuentra firme y consentido y no obrando en autos constancia de pago, hágase lugar a la ejecución de sentencia en los términos de los arts. 499, 506, 510 y ss del CPC y C, ordenando llevar a delante la ejecución hasta tanto el ejecutado BARBAGALLI, DANTE ANTONIO Cuit 20-17371531-6 haga a los acreedores Dres. Federico Allende y Juan Santangelo, íntegro pago del capital reclamado $600.000 ( honorarios) con más sus intereses y costas de la ejecución (arts. 68 y 539 del C.P.C.y C.); presupuestándose la suma de $ 600.000 a tales fines (...)  Difíerase la regulación de honorarios hasta tanto la presente resolución se encuentre ejecutoriada. Hágase saber al ejecutado que dentro del quinto día podrá oponer las excepciones previstas en el art. 544 del C.P.C. y C, lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de continuarse el trámite de cumplimiento de esta sentencia ( art. 542 del C.P.C. y C).- Firmado Dr. Victorio Gerometta. Presidente.-". 
Otro Proveído: "General Roca, 18 de abril de 2024 (...) Proveyendo escrito presentado por el Dr. Federico Allende: por acompañado oficio al RPA Nro. 2 debidamentediligenciado (toma razón de embargo sobre dominio GOT 723), agréguese. Fdo.: Dr. Victorio Gerometta -Presidente".-
DADO, FIRMADO Y PUBLICADO en General Roca, a los siete días del mes de abril de 2024.-
 
Dr. Ignacio A. Barsellini
Coordinador OTIL