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Nº Edicto18389
CarátulaAFIONE, MAXIMO C/ LOPEZ FERRARIS RESTO BAR SRL S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE CONTRATO DE TRABAJO
Nro. ExpedienteRecep.:RO-00794-L-2021
OrganismoCámara del Trabajo - Secretaría Nº2 - General Roca
Fecha de publicación en la Web Judicial2025-04-22
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2025-04-28
Nº Boletín6384
Texto
EDICTO
 
La Cámara Segunda del Trabajo de la Segunda Circunscripción Judicial de Río Negro, UNIDAD PROCESAL LABORAL N° 4, a cargo de la Secretaria Subrogante Dra. María Eugenia Pick, con asiento en San Luis N° 853 -2do. Piso - de la ciudad de General Roca, en el que tramitan los autos caratulados: RO-00794-L-2021 "AFIONE, MAXIMO C/ LOPEZ FERRARIS RESTO BAR SRL S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE CONTRATO DE TRABAJO", notifica por este medio al actor AFIONE MAXIMO, DNI. 42.628.441, la Sentencia dictada en autos en fecha 31/03/2025 que en su parte pertinente dice: RESUELVE: I) DECLARAR la caducidad de la presente instancia, de conformidad a lo dispuesto por el art. 20 de la Ley 5631. II) IMPONER LAS COSTAS del proceso a la parte actora (conf. art. 67 del CPCyC de RN). III) Regúlense los honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora, DRES. SERGIO CARLOS DAGNILLO y LAURA SILVINA ROJAS en la suma conjunta de $806.190.-  (MB mínimo 10 JUS - Valor del JUS $57.585 + 40%); y al Dr. FILIPPUZZI DIEGO ROBERTO, en la suma de $806.190.- (MB mínimo 10 JUS - Valor del JUS $57.585+ 40%); ello de conformidad con los arts. 6, 9, 10, 11, 21, 38 y 40 Ley 2212; Doctrina Legal del STJ fijada en autos "AGENCIA DE RECAUDACIÓN TRIBUTARIA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO C/ IDOETA..." Expte. D-4CI-5528-CR2017, Sentencia N° 52 del 27/6/19 y Acordada N° 9/84 STJ.-   FDO. Dra. María Eugenia Pick - Secretaria-.ec