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Nº Edicto1962
CarátulaBENITEZ GONZALO C/ ARÉVALO JORGE ENRIQUE Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario) (A P E L A D O)
Nro. ExpedienteRecep.:A-4CI-139-C2013
1ª Ins.:9648/13
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº3 - Cipolletti
Fecha de publicación en la Web Judicial2019-02-25
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2019-03-18
Nº Boletín5757
TextoEl Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Mineria N° 3, de la IV Circunscripción Judicial, sito en Roca 599 de la Ciudad de Cipolletti, a cargo de la Dra. Soledad Peruzzi, Secretaría ÚNICA a mi cargo, NOTIFICA al Sr. JORGE ENRIQUE AREVALO, DNI 25.679.172 y/o herederos universales y/o herederos singulares, por el término de diez (10) días, la sentencia recaída en los autos caratulados "BENITEZ GONZALE C/ AREVALO JORGE ENRIQUE YOTROS S/ DAÑOS Y PERJUCIOS (Ordinario)" (Expte. Nº 9648/13) que en su parte pertinente dice: "Cipolletti, 7 de noviembre de 2016.- RESUELVO: I.- RECHAZAR en todos sus términos la acción de daños y perjuicios incoada por GONZALO BENITEZ , contra los sres. ARÉVALO JORGE, YAÑEZ SUSANA y la citada en garantía ZURICH ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.; CON COSTAS (art. 68 del C.P.C.C.).- II.- DETERMINAR LA BASE REGULATORIA, considerando el monto de lo pretendido en la demanda ($833.914; art. 20, segunda parte de la Ley G 2212) aplicando el límite impuesto por el art. 77 del CPCyC; consecuentemente la suma a distribuir entre los honorarios de todos los profesionales intervinientes alcanza el tope de $208.478; que a su vez para su distribución tendré en consideración los parámetros que establecen los arts. 6,7,8,9,10,11,12, 39 y concs. de la Ley G 2212. III.- REGULAR los honorarios de la letrada patrocinante Dra. Ileana NASIMBERA en la suma de $ 73.391 (3/3 etapas,10% MB 833.914); y los de la Dra. Mariela Garabito; Dra. Adriana CARRIQUIRIBORDE y Dr. Roque LAPUSATA en conjunto la suma de $ 110.100. IV.- REGULAR los honorarios de la Licenciada Laura AZCONA en la suma de $12.500 y los del Dr. Juan Sebastián Binetti la suma de $ 12.500; teniendo en cuenta la extensión y calidad de sus pericias realizadas. REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y OPORTUNAMENTE CÚMPLASE CON LA LEY 869.- Fdo. DRA.SOLEDAD PERUZZI-JUEZA".-
Publíquese por DOS (2) días en el BOLETÍN OFICIAL.-
SECRETRÍA, 25 de febrero de 2019. Fdo. Dra. ANA GANUZZA-SECRETARIA"