| Nº Edicto | 20573 |
|---|---|
| Carátula | SALATINO GUSTAVO JAVIER C/ HERNÁNDEZ OSCAR GERMÁN Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO) |
| Nro. Expediente | Recep.:CI-34738-C-0000 |
| Organismo | Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería - Cipolletti |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2025-12-17 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2025-12-29 |
| Nº Boletín | 6453 |
| Texto |
El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Presidente de la Cámara de Apelaciones Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo, de la IV Circunscripción del Poder Judicial de la Provincia de Río Negro, NOTIFICA al Sr. Oscar German Hernández, DNI 29.418.727, por el término de DOS (2) días, la sentencia recaída en los autos caratulados "SALATINO GUSTAVO JAVIER C/ HERNÁNDEZ OSCAR GERMÁN Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO)" (Expte. Nº CI-34738-C-0000), que en su parte pertinente dice: “Cipolletti, 18 de noviembre de 2025 … RESUELVE: PRIMERO: Rechazar el recurso de apelación interpuesto por el codemandado Sr. Jorge Daniel Matamala en fecha 15 de mayo de 2025, y en consecuencia, confirmar la sentencia de primera instancia de fecha 08 de mayo de 2025, en lo que ha sido materia de recurso. Con costas a su cargo en su calidad de perdidoso (conf. Art. 62, 241, 242 del CPCC). SEGUNDO: Regúlanse los honorarios de los letrados del recurrente, Dres. Yamile Yauhar y Dr. Emiliano Saavedra, en el 25%, los de los letrados del actor, Dres. Mariano Hasperué y Dr. Joelomar Assef, en el 27%, los de la letrada apoderada de la citada en garantía, Dra. Ivanna Marlene Sühs, en el 27% y los del letrado patrocinante de la codemandada Sonia E. Izada, Dr. Amador Muñoz, en el 27%, todo ello de los honorario regulados en la instancia de grado (conf. art. 15 de la LA). TERCERO: Rechazar los recursos arancelarios interpuestos por la perito Ximena Davel y el perito Guillermo a. Ghisaura, y en consecuencia, confirmar los honorarios regulados en la instancia de grado. Sin costas por esta cuestión. CUARTO: Hacer lugar a los recursos arancelarios interpuestos por la Dra. Ivanna Marlene Sühs y el Dr. Joaquín Nicolás Garro. En consecuencia, REVOCAR el punto 1.b) de la Resolución de fecha 12/05/2025 que reguló honorarios diferidos y FIJAR los estipendios profesionales en los siguientes montos: Dra. Ivanna Marlene Sühs (Apoderada): la suma de pesos quinientos cincuenta y siete mil doscientos setenta y ocho con 39/100 ($557.278,39) y Dr. Joaquín Nicolás Garro (Patrocinante): la suma de pesos trescientos nueve mil quinientos sesenta y nueve con 89/100 ($309.569,89). Sin costas. QUINTO: Regístrese, notifíquese y oportunamente vuelvan al Juzgado de origen. Fdo. Dr. Marcelo A. Gutiérrez, Juez, Alejandro Cabral y Vedia, Juez, y Dra. E. Emilce Álvarez, Jueza". En Cipolletti, a los 17 días del mes de diciembre de 2025. Fdo. Guadalupe R. Dorado, Secretaria de Cámara. |