| Nº Edicto | 20934 |
|---|---|
| Carátula | L., S., A., S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS |
| Nro. Expediente | Recep.:VR-00921-F-2023 |
| Organismo | Juzgado de Familia - Villa Regina |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2026-03-03 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2026-03-09 |
| Nº Boletín | 6472 |
| Texto |
EDICTO JUDICIAL La Dra. Claudia E. Vesprini, Jueza, a cargo del Juzgado de Familia N° 19 de Villa Regina, perteneciente a la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Rio Negro, Secretaria a cargo de la Dra. María Luisa Figueroa Encina, con asiento en funciones sito en Avda. General Paz Nº 664 de Villa Regina (R.N), en autos caratulados: VR-00921-F-2023 "L., S., A., S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS", NOTIFICA al Sr. Mauro Iván Lamela, DNI N° 35.147.890 lo dispuesto en Providencia de fecha 26 de Febrero de 2026, la que a continuación se transcribe:(...)"Villa Regina, 26 de Febrero de 2026.(...)la suspensión del ejercicio de la responsabilidad parental hasido previsto para los casos en que el ejercicio de la responsabilidad parental se ve comprometido por condiciones externas que no permiten el normal ejercicio de la misma, previendo el art. 702 inc. d) CCyC la convivencia del hijo con un tercero por razones graves, siendo un claro ejemplo de ello el supuesto de autos atento que en las presentes actuaciones se han dispuesto medidas excepcionales de protección de derechos en el marco de la ley Nacional 26061 y provincial 4109. Las que agotadas en su temporalidad han dado por resultado que se han agotado las estrategias y abordaje con los progenitores sin que estos pudieran revertir la situación de vulneración de derechos de su hija. Por lo que atento a lo expuesto, RESUELVO:suspender en el ejercicio de la responsabilidad parental a la Sra. Carina Rodriguez y el Sr. Mauro Ivan Lamela respecto de la niña Samira Anelei Lamela.- (...)Fdo. CLAUDIA E. VESPRINI, JUEZA.-"PUBLÍQUESE EDICTO POR DOS DIAS en el SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL (conf. Ley Provincial 5273 y la Ac.N°4/2018 del STJ) VILLA REGINA, en la fecha de la firma digital.
FDO. MARIA LUISA FIGUEROA ENCINA SECRETARIA.
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