| Nº Edicto | 21601 |
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| Carátula | SCATTAREGGIA PAULA INES C/ NEIRA NESTOR DAMIAN S/ MONITORIO - EJECUTIVO (PAGARÉ) |
| Nro. Expediente | Recep.:RO-01709-C-2025 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - General Roca |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2026-05-13 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2026-05-21 |
| Nº Boletín | 6492 |
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EDICTO DE SUBASTA
Agustina Naffa, Jueza a cargo de la Unidad Jurisdiccional en lo Civil y Comercial nro. 1 (Ex Juzgado Civil Comercial de Minería Y Sucesiones) a cargo de la Dra. Agustina Naffa, jueza, secretaría única a cargo de la Dra. Valentina Longstaff, secretaria, Oficina de Tramitación Integral del Fuero Civil y Contencioso Administrativo -OTICCA- casilla electrónica: oticcaroca@jusrionegro.gov.ar a cargo de la Dra. Paula M. Salvagno, coordinadora, sito en calle San Luis 853 2do Piso de la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, 2da circunscripción judicial, hace saber que en los autos caratulados: RO-01709-C-2025 "SCATTAREGGIA PAULA INES C/ NEIRA NESTOR DAMIAN S/ MONITORIO - EJECUTIVO (PAGARÉ)", el Martillero Público Walter Omar Vilugrón, CUIT 20-20306519-2, procederá a SUBASTAR el día 29 de mayo de 2.026, a las 11:00 horas, en el domicilio de calle José Ingenieros N° 563 de la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, el inmueble de propiedad del demandado Néstor Damián Neira, D.N.I. 37.051.599, que se determina como Parcela 23 de la Manzana 104A de la ciudad de General Roca, Nomenclatura Catastral: 05-1-L-104A-23, ubicado sobre la calle Los Sauces N° 581, inscripto bajo Matrícula 05-53550, en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Río Negro.
Tiene una superficie total de 168,00 m2. Mide: 11,20 mts. de frente Sur y contrafrente Norte, por 15,00 mts. en sus costados Oeste y Este. El inmueble en cuestión es un terreno baldío y NO se encuentra ocupado.
CONDICIONES DE VENTA: BASE $ 8.387.139,55, en efectivo y al mejor postor.
SEÑA DEL 10 % y COMISIÓN: 3 % (Art. 27 Inc. A Ley G N.° 2051), a cargo del comprador y a favor del martillero, en el acto de la subasta, debiendo depositar el saldo del precio dentro de los CINCO (5) días de notificada la aprobación del remate, suma que deberá depositar en la cuenta judicial de autos N° 126753552, CBU 03402780 08126753552006, del Banco Patagonia S.A., CUIT PODER JUDICIAL RN 30-99924029-8, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 523 del CPCyC.
El que resulte adquirente deberá hacerse cargo del pago de las obligaciones fiscales desde el momento en que quede firme el auto de aprobación del remate (art. 520 CPCyC), siendo además cargo del adquirente los restantes tributos que debieran corresponder por la venta (sellos, I.V.A.), como así también, gastos y tasas de trámite necesarios para la inscripción del bien bajo su titularidad y, deberá al momento de suscribir el boleto de compraventa, constituir domicilio electrónico y procesal dentro del radio de asiento de la Unidad Jurisdiccional actuante (art. 38 y 522 del CPCyC) bajo apercibimiento de que las sucesivas resoluciones le serán notificadas automáticamente conforme lo dispuesto en el art. 120 y 138 del CPCyC, debiendo depositar el saldo del precio dentro de los 5 (CINCO) días de notificada la aprobación del remate, suma que deberá depositar en la cuenta de autos bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 537 del CPCyC. En el caso de adquisición en comisión, el comprador deberá indicar dentro del tercer día de realizada la subasta, el nombre del comitente, en escrito firmado por ambos, debiendo el mismo constituir domicilio en esa presentación, conforme lo dispuesto en el art. 519 del CPCyC, bajo apercibimiento de tenerlo como adjudicatario definitivo.
Si fracasara el remate por falta de postores, después de media hora de iniciado el mismo se reducirá la base al setenta y cinco por ciento (75%). Si durante la media hora siguiente tampoco hubiera oferentes, se reducirá la base al cincuenta por ciento (50%). Sí, no obstante, faltaren postores dentro de los quince (15) minutos siguientes se suspenderá la subasta. DEUDAS: Aguas Rionegrinas S.A.: $ 160.470,92 al 02/03/2026; Municipalidad de General Roca: $ 658.050,90 (vencida) y $ 90.973,60 (a vencer) al 19/02/2026; y Agencia de Recaudación Tributaria: $ 114.803,18 al 20/02/2026.
GRAVÁMENES, RESTRICCIONES E INTERDICCIONES: EMBARGOS: 1) Caduca el 28/11/2030 anotado en estos autos el día 28/11/2025, Montos: U$S 5.250,00 de capital, más U$S 2.625,00 de intereses y costas.
INHIBICIONES: el demandado Néstor Damián Neira, DNI 37.051.599, registra las siguientes inhibiciones: 1) E.G. 31836, 03/02/26, Folio 018, Autos: "Bulfon, Juan Francisco c/Neira, Néstor Damián s/Ejecutivo" Expte. N° RO-00960-C-2025, Unidad Jurisd. Civ. y Comerc. N° 1, Sec. Única, Gral. Roca, Of. S/N°, del 30/12/2025; y 2) E.G. 32942, 18/02/26, Folio 031, Autos: "AFIP c/Neira, Néstor Damián s/Ejecución Fiscal Expte. N° 18443-2025, B.D 794504-2025, Juzg. Federal, Sec. Ejec. Fisc. Gral. Roca.
Disposición art. 5° Resolución General. N° 745/99 AFIP: Actora: Paula Inés Scattareggia-CUIT 27-22586388-7, Demandado: Néstor Damián Neira-CUIT 23-37051599-9, Martillero: Walter Omar Vilugrón-CUIT 20-20306519-2.PROFESIONALES INTERVINIENTES: Dra. Paula Inés SCATTAREGGIA, CUIT 27-22586388-7.
EXHIBICIÓN: los oferentes podrán visitar el inmueble sin previa intervención del martillero actuante, en virtud de tratarse de un terreno baldío. CONSULTAS: al martillero Walter Omar Vilugrón, teléfono 298 4932009.
Publíquese edictos por el término de UN (1) día en el Boletín Oficial y en el sitio web del Poder Judicial. General Roca, 13 de mayo de 2026. FDO. Paula M. Salvagno Coordinadora Oticca Roca.
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