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Nº Edicto21627
CarátulaAGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ EL CAZAL SA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL
Nro. ExpedienteRecep.:BA-02219-C-2025
OrganismoUNIDAD JURISD CONTENCIOSO ADM N° 13 3RA. CJ (UJCA) - BARILOCHE
Fecha de publicación en la Web Judicial2026-05-15
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2026-05-21
Nº Boletín6492
Texto
EDICTO
El Dr. Iván Sosa Lukman, Juez  a cargo de la Unidad Jurisdiccional Contencioso Administrativa N°13 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, Secretaría Civil a cargo de la Dra. Mariela Cappelino, Coordinación de la Oficina de Tramitación Integral Civil y Contencioso Administrativo (OTICCA) a cargo de la Dra. Silvana Navarro sito en Juramento 190 Piso 5to. de esta ciudad, en los caratulados: "AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ EL CAZAL SA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCAL, BA-02219-C-2025" notifica a EL CAZAL S.A (CUIT 30718537394) la sentencia monitoria dictada en autos en fecha 23/12/2025 cuya parte resolutiva se transcribe: "San Carlos de Bariloche, 23 diciembre de 2025.  VISTO El proceso caratulado AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA (FISCALIA) C/ EL CAZAL SA S/ EJECUCIÓN - EJECUCIÓN FISCALBA-02219-C-2025, y teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada, lo dispuesto en los Arts. 1, 31 y siguientes del CPA, y Arts. 468 y siguientes del CPCyC, corresponde dictar sentencia monitoria.  RESUELVO I. Llevar adelante la ejecución hasta tanto EL CAZAL SA, CUIT/CUIL 30718537394 haga al acreedor AGENCIA DE RECAUDACION TRIBUTARIA DE RIO NEGRO, íntegro pago del capital reclamado de $ 6.531.802,19, con más intereses y costas.      II. Regular en conjunto -Art. 11 L.A- los honorarios profesionales de los Dres. LUCIANO MINETTI KERN, LAURA IRENE LORENZO y JOSÉ LUIS MALASPINA en la suma de $ 754.423,15 (11% del monto base + 40% red. en un 25 %), en mérito a la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad, etapas cumplidas de la causa y el resultado obtenido (Arts. 6, 7, 9, 10 y 41 L.A), ello, con más los intereses correspondientes. Cúmplase con la Ley 869.     III. Fijar en la cantidad de $ 3.643.112,67 la suma presupuestada provisoriamente para responder a intereses y costas, sujeta a la liquidación definitiva (art. 478 CPCyC).     IV. Notifíquese la presente al ejecutado en el domicilio denunciado. Se le hará saber en tal oportunidad que dentro de los 5 días -ampliables de corresponder en razón de la distancia Art. 140 CPCyC-, podrá oponer las excepciones previstas por el Art. 33 del CPA, lo que deberá hacerse en un sólo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución.  En la notificación deberá informar que a través del siguiente link: https://puma.jusrionegro.gov.ar/expjud/busqueda-publica/consulta-demanda, cualquier ciudadano podrá acceder al escrito y documentación anexa con el código para contestar demanda: FVBD-LOIN.     Le asiste a las partes el derecho de oponerse, por causa fundada a criterio y decisión del Tribunal, en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales en la inteligencia de que la falta de oposición al respecto conlleva el consentimiento para que la sentencia o resolución que se dicte se publique sin supresión de datos (Art. 3° de la Acordada 112/2003) (....). Fdo. Iván Sosa Lukman Juez ". Y el auto que ordena la presente: "San Carlos de Bariloche, 12 de mayo de 2026.- Atento a lo solicitado, resultando negativas las notificaciones en los domicilios informados por los oficiados, publíquense edictos por dos días en el "Boletín Oficial" y en la página Web del Poder Judicial para notificar a EL CAZAL S. A. la sentencia monitoria dictada en autos en fecha 23/12/2025, con apercibimiento de designar al Defensor Oficial de Ausentes para asumir su representación en caso de no presentarse en los términos fijados en dicha sentencia, cuya parte resolutiva será transcripta en lo pertinente (artículos 129 y 315 del CPCC). Fdo. Iván Sosa Lukman Juez".
Publíquense edictos por dos días en el "Boletín Oficial" y en la página Web del Poder Judicial. San Carlos de Bariloche, 15 de mayo de 2026. Fdo. Silvana Navarro, Secretaria Coordinadora OTICCA.