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Nº Edicto21972
CarátulaDUARTE MIGUEL ANGEL C/ CONTRERAS ENZO S/ EJECUTIVO (C)
Nro. ExpedienteRecep.:CI-33740-C-0000
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº9 - Cipolletti
Fecha de publicación en la Web Judicial2026-06-19
Fecha de publicación en el Boletín Oficial(sin datos)
Nº Boletín(sin datos)
Texto

El Dr. Mauro Marinucci, Juez a cargo de la Unidad Jurisdiccional Civil N.º 9 de la IV Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento de funciones en calle Hipólito Yrigoyen 387, 1° piso, de la ciudad de Cipolletti, NOTIFICA al Sr. ENZO JONATHAN CONTRERAS DNI 33.238.663 que en los autos caratulados: "DUARTE MIGUEL ANGEL C/ CONTRERAS ENZO S/ Ejecutivo" - Expte. N° D-4CI-7790-C2019, se ha dictado la sentencia de fecha 26 de marzo de 2019, que dice: "Cipolletti, 26 de marzo de 2019 (...) VISTOS: (...) "DUARTE MIGUEL ANGEL C/ CONTRERAS ENZO S/ EJECUTIVO (c)"(Expt. Nro. D-4CI-7790-C2019). Y CONSIDERANDO: (...) FALLO: I. Llevar adelante la ejecución contra ENZO JONATHAN CONTRERAS, y condenarlo a pagar a la parte actora MIGUEL ANGEL DUARTE la suma de PESOS TREINTA y DOS MIL ($32.000,00), en concepto de capital reclamado con más los intereses y costas de la presente ejecución, desde la fecha de mora hasta su efectivo pago, presupuestándose provisoriamente la suma de PESOS DIECIOCHO MIL DIEZ ($18.010,00), para responder a intereses y costas del juicio (arts. 531, 539 y ccdtes. del CPCC). Para el supuesto de encontrarse pactado un interés punitorio, el mismo no podrá ser liquidado conjuntamente con el interés moratorio legal (Cf. art. 771 CcyC). II. Imponer las costas a la parte ejecutada (Cfr. art. 68 CPCC).III. Regular provisionalmente los honorarios del letrado patrocinante DR. RAFAEL ARCANGEL NOLIVO, en la suma de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($8.480,00) (5 IUS), dejándose constancia que para efectuar tal regulación se han tenido en consideración la naturaleza, extensión y resultados de las tareas llevadas a cabo en autos por los beneficiarios (arts. 6, 7, 8, 9 Y 40 L.A.) (Mínimo legal conforme L.A.). Hacer saber a la parte ejecutada que dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, con más la ampliación que corresponda en razón de la distancia (art.158 del CPCC), podrá constituir domicilio, cumplir voluntariamente lo ordenado en esta sentencia monitoria, depositando en una cuenta judicial a nombre de estos autos el capital de condena más la suma estimada para intereses y costas o, en su defecto, oponerse deduciendo las excepciones previstas en la ley, bajo apercibimiento de pasarse directamente a la etapa de cumplimiento forzado de la sentencia, para el caso en el que no se efectúa el depósito ni se excepcione (arts. 542 y 605 del Cód. Cit.), y serle notificadas las sucesivas providencias en forma automática (arts. 40, 41 y 133 del Cód. Cit.)." Fdo.:Federico Emiliano Corsiglia. Juez. Asimismo, CITA y EMPLAZA al Sr. ENZO JONATHAN CONTRERAS DNI 33.238.663 por el término de CINCO (5) días a que comparezca en los autos: "DUARTE MIGUEL ANGEL C/ CONTRERAS ENZO S/ EJECUTIVO (C)" - (CI-33740-C-0000), a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial. Publíquese por UN día. Cipolletti, 19 de junio de 2026.