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El Dr. Juan Ambrosio HUENUMILLA, Juez a cargo de Cámara Segunda de Trabajo de la Segunda Circunscripción Judicial de Río Negro, con asiento de funciones en la calle San Luis Nº 853, 2do. Piso, de la ciudad de General Roca, casilla electrónica: otilroca@jusrionegro.gov.ar, en autos caratulados: "HURIMAN, SILVINA LORENA C/ FERNANDEZ, MARIANO JAVIER S/ ORDINARIO - RECLAMO LEY DE CONTRATO DE TRABAJO", expediente RO-00266-L-2025, cita y emplaza al Sr. FERNANDEZ MARIANO JAVIER (CUIT 20-34128743-0) a fin de notificarle el traslado de demanda publicada en fecha 22/04/2025 -mediante Edictos en el Boletín Oficial por (2) dos días consecutivos, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Ausentes (cfr. lo dispuesto por el art. 315 del CPCyC de Río Negro)-.- Se le notifica la resolución de traslado de demanda: "General Roca, 22 de abril de 2025. Por presentado escrito por el Dr. MOTYLICKI Gabriel Alejandro (23-28461649-9), en fecha 15/04/2025, a las 18:06:53 horas. Agréguese Carta Poder y téngase por cumplida intimación del 11/04/25. En consecuencia, por presentado, parte, en el carácter invocado y con domicilio legal y electrónico constituidos. Téngase por acreditado el agotamiento de la Instancia de Conciliación Laboral Obligatoria (conf. art. 17 de la Ley N°5.631 y Acordada N° 31/2020 del S.T.J.). Por iniciada acción contra FERNANDEZ MARIANO JAVIER, córrase traslado de la misma, la que deberá ser contestada por escrito dentro del término de DIEZ días, debiendo acompañar toda la prueba que crea pertinente e individualizar con precisión los nuevos hechos que pudiera invocar.- Téngase por ofrecida prueba.- Téngase presente la documental acompañada, conforme art. 39 de la Ley 5.631. Asimismo deberá constituir domicilio electrónico, conforme art. 19 de la Ley 5.631.- Téngase presente la reserva del caso federal efectuada.- Líbrese cédula. Se pone en conocimiento de la accionante que deberá transcribir en dicha cédula el siguiente Código de Contestación de Demanda: KJBL-ZSMC, a los fines de que la parte demandada pueda ingresar su contestación de demanda a través del Sistema de Gestión PUMA. Asimismo, se hace saber que a fin de poder visualizar la demanda y su documental, sin tener registrado un usuario en el sistema de gestión judicial PUMA, se debe ingresar el número de expediente y código de contestación de demanda en la siguiente enlace url: https://puma.jusrionegro.gov.ar/expjud/busqueda-publica/consulta-demanda. Hágase saber a las partes que les asiste el derecho de oponerse, por causa fundada a criterio y decisión del Tribunal, en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales en la inteligencia de que la falta de oposición al respecto conlleva el consentimiento para que la sentencia o resolución que se dicte se publique sin supresión de datos (art. 3º Acordada 112/2003). fdo: DRA. MARIA DEL CARMEN VICENTE -PRESIDENTA- Publíquese por dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial. General Roca, 27 de julio de 2027. Dra. Magdalena Tartaglia. Secretaria Unidad Jurisdiccional N°4 -.
El instrumento que antecede ha sido firmado digitalmente en los términos y alcances de la Ley Nac. 25506 y Ley A 3997, Res. 398/05 y Ac.12/18 STJ
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