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Nº Edicto22213
Carátula'VIGO, GISEL ARIANA' C/ 'ANTIPICHUN MONTECINO, HECTOR GUSTAVO' S/ HOMOLOGACIÓN
Nro. ExpedienteRecep.:VR-00595-F-2025
OrganismoJuzgado de Familia - Villa Regina
Fecha de publicación en la Web Judicial2026-07-29
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2026-08-06
Nº Boletín6514
Texto

EL PRESENTE TRAMITE SE ENCUENTRA EXENTO DEL PAGO DEL SELLADO POR ACTUAR LA DEFENSORIA OFICIAL DE VILLA REGINA.-

EDICTO JUDICIAL

La Dra. CLAUDIA E. VESPRINI, JUEZA, a cargo del Juzgado de Familia N° 19, perteneciente a la 2da. Circunscripción Judicial de la provincia de Rio Negro, SECRETARIA a cargo de la Dra. María Luisa Figueroa Encina, con asiento de funciones en Avda. General Paz Nº 664 de Villa Regina, en autos caratulados: “VIGO, GISEL ARIANA C/ ANTIPICHUN, HECTOR GUSTAVO S/ HOMOLOGACIÓN" (EXPTE. PUMA N° VR-00595-F-2025), NOTIFICA al Sr. Héctor Gustavo Antipichun Montecino, DNI: 34.592.414 la sentencia homologada en autos que en su parte pertinente dice: (...)"Villa Regina, 2 de septiembre de 2025.- (...) RESUELVO: I- Homologar con fuerza de sentencia el acuerdo al que han arribado los Sres. Gisel Ariana Vigo y Hector Gustavo Antipichun Montecino con fecha 12/12/2024.- II- Costas al alimentante.- III- Regulo los honorarios de la Defensora de Pobres y Ausentes Dra. Ana Gomez Piva por el patrocinio de la actora en la suma de 3 JUS (Art. 39 Ley 4199 y Arts. 6, 7, 9 y 11 Ley G Nº 2212. M.B. Indet.). Los honorarios se regulan conforme a la naturaleza y complejidad del proceso, y éxito obtenido por las tareas desempeñadas. Regístrese. Notifíquese por Secretaría al domicilio real del demandado, Sr. Hector Gustavo Antipichun Montecino Notifíquese al domicilio constituido de la parte actora por nota en los términos dispuestos por las Ac. 036/22.- Fdo. CLAUDIA E. VESPRINI, JUEZA". PUBLÍQUESE EDICTO por el término de DOS DÍAS (2) en el sitio web del Poder Judicial (conf. Ley Provincial 5273 y la Ac.N°4/2018 del STJ) y Boletín Oficial. VILLA REGINA, en fecha de la firma digital. Fdo. MARIA LUISA FIGUEROA ENCINA, SECRETARIA .