| Nº Edicto | 22261 |
|---|---|
| Carátula | ETCHEGARAY JUAN MANUEL C/ ARRIBILLAGA CELESTINO CLEMENTE S/ ORDINARIO - USUCAPIÓN |
| Nro. Expediente | Recep.:CH-00002-C-2025 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería, de Familia y Sucesiones Nº31 - Choele Choel |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2026-08-04 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2026-08-10 |
| Nº Boletín | 6515 |
| Texto |
La Dra. Natalia Costanzo, Jueza a cargo de la Unidad Jurisdiccional Civil N°31 (ex-Juzgado Civil Nº31), Secretaría única a cargo de la Dra. Guadalupe N. García, Oficina de Tramitación Integral Fuero Civil (OTIC) a cargo de la Dra. Eyenil Denisse Greilich - Coordinadora subrogante (casilla electrónica: juzciv31choele@jusrionegro.gov.ar) con asiento de funciones en calle 9 de Julio Nº221 1er Piso de Choele Choel, Provincia de Río Negro, 2da. circunscripción judicial, en autos ETCHEGARAY JUAN MANUEL C/ ARRIBILLAGA CELESTINO CLEMENTE S/ ORDINARIO - USUCAPIÓN Expte. N° CH-00002-C-2025 CITA al demandado y los herederos de corresponder del Sr Celestino Clemente Arribillaga, DNI: 12.097.889, y a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble que se identifican catastralmente como: 081-H-220-3A (nomenclatura catastral de origen) inscripto el lote 03A al T° 892 F° 224, Matricula FINCA 162778 del Registro de la Propiedad Inmueble de Río Negro, el cual se determina, conforme plano particular de mensura para tramitar prescripción adquisitiva de dominio Nro. 1254-2023 como N.C. 08-1-H-220-016, con una superficie total 375 mts2, ubicado en la ciudad de Choele Choel, provincia de Río Negro .Para que en el término de DIEZ (10) días comparezcan en autos a estar a derecho, bajo el apercibimiento dispuesto en el art. 694 del CPCyC. Se hace saber que podrá visualizar la demanda, sin necesidad de usuario en el sistema, debe ingresar los siguientes datos Nro. de expediente y código para contestar demanda en el siguiente enlace https://puma.jusrionegro.gov.ar/expjud/busqueda-publica/consulta-demanda Nro. de expediente: CH-00002-C-2025 Código para contestar demanda: IQSK-VYML |