| Nº Edicto | 22509 |
|---|---|
| Carátula | CABRERA RUBEN DARIO C/ EMPRESA CEFERINO S.A. Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (SUMARÍSIMO) |
| Nro. Expediente | Recep.:VI-28689-C-0000 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería, de Familia y Sucesiones Nº31 - Choele Choel |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2026-08-26 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2026-08-31 |
| Nº Boletín | 6521 |
| Texto |
La Dra. Natalia Costanzo - Jueza a cargo de la Unidad Jurisdiccional Civil Nº31 (ex-Juzgado Civil Nº31), Secretaría única a cargo de la Dra. Guadalupe N. García, Oficina de Tramitación Integral Fuero Civil (OTIC) a cargo de la Dra. Eyenil Denisse Greilich - Coordinadora subrogante (casilla electrónica: juzciv31choele@jusrionegro.gov.ar) con asiento de funciones en calle 9 de Julio Nº221 1er Piso de Choele Choel, Provincia de Río Negro, 2da. Circunscripción Judicial, en el marco de los autos "CABRERA RUBEN DARIO C/ EMPRESA CEFERINO S.A. Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (SUMARÍSIMO)" - Expte. N°VI-28689-C-0000", notifica a la Sra. ELSA ADRIANA ALVARADO D.N.I. Nº18.468.326 las siguientes providencias: "Choele Choel, 29 de abril de 2026.-Proveyendo escrito presentado por el doctor DANIEL FERNANDO MAYOR, el día 20/04/2026 10:39:01 horas: Atento la renuncia formulada, intímese a los Sres. Elsa Alvarado y Darío Rubén Cabrera, a comparecer por sí o designar mandatario, dentro del término de diez (10) días, bajo apercibimiento de que las sucesivas resoluciones, se le tendrán por notificadas de acuerdo a las reglas establecidas en el artículo 120 del CPCyC.(...) (Fdo.)Dra. Eyenil Denisse Greilich Coordinadora subrogante de la OTIC" y "Choele Choel, 23 de junio de 2026. AUTOS Y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados: "ALVARADO ELSA ADRIANA Y OTRO C/ EMPRESA CEFERINO S.A. Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (SUMARÍSIMO)", EXPTE. NºVI-28689-C-0000, de los que, (...) RESUELVO: I.- Tener por desistida de la acción a Elsa Adriana Alvarado, D.N.I. Nº18.468.326 de conformidad con lo dispuesto por el Art. 278 del CPCyC. II.- Imponer las costas a la actora en los términos del Art. 67 2do. párrafo del CPCyC.(...)IV.- Diferir la regulación de honorarios para el momento del dictado de la Sentencia Definitiva. V.-Notificar a Elsa Adriana Alvarado (...) (fdo.) Dra. Natalia Costanzo Jueza". Publíquese edicto por DOS días en el Boletín Oficial y en el sitio web del Poder Judicial. Choele Choel, 25 de agosto de 2026.- |