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Nº Edicto22522
CarátulaCHAZARRETA, GABRIELA FABIANA S/ QUIEBRA
Nro. ExpedienteRecep.:SA-00297-C-2025
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste
Fecha de publicación en la Web Judicial2026-08-26
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2026-09-03
Nº Boletín6522
Texto

"CHAZARRETA, GABRIELA FABIANA S/ QUIEBRA" - Expte. N°: SA-00297-C-2025

La Dra. Vanessa Kozaczuk, Jueza a cargo del Juzgado Civil, Comercial, Minería y Familia Nº9 de la Primera Circunscripción Judicial de la provincia de Rio Negro, con asiento en la ciudad de San Antonio Oeste, Secretaria Nº1 del Dr. F. Daniel Gutiérrez, comunica que en los autos caratulados: CHAZARRETA, GABRIELA FABIANA S/ QUIEBRA" - Expte. N°: SA-00297-C-2025 con fecha 09 de febrero de 2026, ha decretado la quiebra de a la Sra. Gabriela Fabiana CHAZARRETA, DNI. N°26.767.868 con domicilio real en Pedro Giachino, Casa 17, Bº Chacritas, Sierra Grande, San Antonio Oeste, Rio Negro.- Se ha designado sindico al Contador Jorge Daniel Wainstein, quien constituye domicilio en Avda. San Martin N.º 1477, San Antonio Oeste, Rio Negro, domicilio electrónico: periciasfederales@gmail.com. A los fines de la verificación de créditos, fija el horario de atención de lunes a viernes de 9 a 15 hs. en el domicilio denunciado. Teléfonos: 0351-156136242, 0351-152080059, 0351-4815340.-

APERTURA DE PERÍODO INFORMATIVO: a) Plazo verificación de créditos -Art. 88, Art. 32 LCQ-: fijar como plazo máximo para que los acreedores presenten su pedido de verificación ante el Síndico el día 21/09/2026; mientras que las observaciones a dichos pedidos conforme Art. 34 LCQ podrán formularse hasta el día de 05/10/2026.- b) Informe individual del Art. 35 LCQ: fijar como fecha para la presentación por Sindicatura de tal informe el día 03/11/2026; dictado de la resolución del Art. 36 LCQ para el día 17/11/2026; vencimiento previsto por el Art. 37 LCQ para el día 18/12/2026.- c) Informe general Art. 39 LCQ: fijar como fecha para la presentación por sindicatura de tal informe el día 18/12/2026; vencimiento del plazo para hacer observaciones del Art. 40 LCQ, para el día 05/02/2027; plazo para formular observaciones a la fecha inicial de la cesación de pagos (Art. 117 L.C.Q), hasta el día 04/03/2027; vencimiento para dictado de resolución de Art. 117 LCQ: para el día 18/03/2027.-

 
Daniel Gutiérrez
Secretario