| Nº Edicto | 2300 |
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| Carátula | COMPAÑIA CERVECERA BARILOCHE S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO |
| Nro. Expediente | Recep.:G-3BA-59-C2018 1ª Ins.:G-3BA-59-C2018 |
| Organismo | Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº3 - Secretaría Nº1 - S.C. de Bariloche |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2019-04-12 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | (sin datos) |
| Nº Boletín | (sin datos) |
| Texto | El Dr. SANTIAGO V. MORAN, Juez a cargo del Juzgado CIVIL, COMERCIAL, de MINERÍA y SUCESIONES Nro. TRES, de la IIIera. Circunscripción Judicial de RIO NEGRO, sito en J.J. Paso Nº 167 – PB -, de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, Secretaría UNICA, a cargo de la Dra. MARIA ALEJANDRA MARCOLINI RODRIGUEZ, en autos caratulados "COMPAÑIA CERVECERA BARILOCHE S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO (Expediente Nº G-3BA-59-C2018): HACE SABER a acreedores de la Firma COMPAÑIA CERVECERA BARILOCHE S.A. (C.U.I.T. 30-71444151-1) ha iniciado su pedido de CONCURSO PREVENTIVO; de acuerdo al siguiente decreto, se ha dispuesto: ///San Carlos de Bariloche, 22 de marzo de 2019. VISTOS:… Y CONSIDERANDO: … RESUELVO: I) Decretar la apertura del concurso preventivo de COMPAÑIA CERVECERA BARILOCHE SA en los términos de los artículos 14 y 288 de la ley 24.522. II)… III)Establecer las siguientes fechas y hacer saber que: 1º) el plazo para verificar los créditos ante el síndico vencerá el 03 DE JUNIO DE 2019 (artículo 14, inciso 3º, ley citada); 2º) el plazo para revisar los legajos y observar los pedidos de verificación ante el síndico vencerá el 18 DE JUNIO DE 2019 (artículo 34, primer párrafo, ley citada); 3º) el plazo para presentar las copias de las impugnaciones de los acreedores vencerá el 21 DE JUNIO DE 2019 (artículo 34, segundo párrafo, ley citada); 4º) el plazo para presentar el informe individual vencerá el día 3 DE JULIO DE 2019 (artículo 35, ley citada); 5º) el plazo para resolver los créditos insinuados vencerá el 06 DE AGOSTO DE 2019(artículo 36, ley citada); 6º) el plazo para presentar la propuesta de agrupamiento y clasificación vencerá el 21 DE AGOSTO DE 2019 (artículo 41, ley citada); 7º) el plazo para presentar el informe general vencerá el 04 DE SEPTIEMBRE DE 2019 (artículo 39, ley citada); 8º) el plazo para observar el informe general vencerá el 18 DE SEPTIEMBRE DE 2019 (artículo 40, ley citada);9º) el plazo para resolver la categorización vencerá el 02 DE OCTUBRE DE 2019 (artículo 42, ley citada); 10º) el plazo para presentar la propuesta de acuerdo preventivo vencerá el 02 DE DICIEMBRE DE 2019 (art. 43, penúltimo párrafo, LCQ);11º) el plazo para modificar la propuesta de acuerdo vencerá el 23 DE DICIEMBRE DE 2019 en el momento de la audiencia informativa (art. 43, último párrafo, LCQ y punto siguiente de la presente); 12º) la audiencia informativa se llevará a cabo el 23 DE DICIEMBRE DE 2019 a la hora 17 en la sede de este Juzgado sito en Juan José Paso 167 de esta ciudad (artículos 14 inciso 10 y 45 penúltimo párrafo, ley citada). 13º) el período de exclusividad regirá entre la notificación ministerio legis de la resolución de categorización (artículo 42, ley citada) y el 03 DE FEBRERO DE 2020 (artículo 43, primera parte, ley citada). 14º) el plazo para obtener el acuerdo de los acreedores, tanto quirografarios como privilegiados, vencerá el 03 DE FEBRERO DE 2020 (artículos 45 y 47, ley citada); y 15º) los plazos para hacer saber el acuerdo, impugnarlo, resolver las impugnaciones y, en su caso, homologar el acuerdo preventivo, dependerán de la fecha en que se presenten las conformidades correspondientes (artículos 49, 50, 51 y 52, ley citada). IV) Publicar edictos por cinco días en Publicar edictos en la página del Poder Judicial (Ley Prov. 5.273 y Acc 04/2018), Boletin Oficial de la provincia y en alguno de los siguientes diarios: El Cordillerano, ABC SUR Editora o Río Negro de acuerdo con los artículos 27 y 28 de la ley 24.522,…V)…VI)…VII)…VIII)…. IX)…. X)…XI)… XII)….XIII) Protocolizar y registrar lo decidido. Fdo. SANTIAGO V. MORAN – JUEZ. SAN CARLOS DE BARILOCHE, 12 de ABRIL de 2019.
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