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Nº Edicto2360
CarátulaMOTTIER RAUL ALBERTO Y ESCUDERO MARIA INES C/ AREVALO Y POBLETE ADISIO S/ ORDINARIO (USUCAPION)
Nro. ExpedienteRecep.:A-4CI-43-C2012
1ª Ins.:32434
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - Cipolletti
Fecha de publicación en la Web Judicial2019-04-26
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2019-05-13
Nº Boletín5773
Texto

El Dr. Diego De Vergilio, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones N° Uno, de la IV Circunscripción Judicial de la Pcia. de Rio Negro,  sito en calle Roca 599, Cipolletti, Rio Negro, notifica por este medio a la Sra. Teodora Árevalo, DNI 9734004 y a los presuntos  herederos de la Sra. Lucinda Ameri Árevalo de Pérez, LC. 1899376, el fallo de la sentencia dictada en autos  MOTTIER RAUL ALBERTO Y ESCUDERO MARIA INES C/ AREVALO Y POBLETE ADISIO S/ ORDINARIO (USUCAPION), Expte N° 32434, en fecha 17 de agosto de 2017 que dice:… Por todo ello FALLO: Haciendo lugar a la demanda incoada, declarando que los Sres. Raúl Alberto Mottier y María Inés Escudero han usucapido en cuanto a lugar por derecho el 100% del inmueble identificado como lote Nº 9, manzana B de la ciudad de Cipolletti, nomenclatura catastral Nº 031G94113, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo Nº 124, Folio 121, Matrícula Finca 14.935, Nomenclatura Catrastral 03-1-G-941-13A, según plano de mensura glosado a fs. 8, estableciéndose como fecha en la cual se produce la adquisición del derecho, el 234 de octubre de 1978 (v. fs. 84), según las constancias mas antiguas de la posesión acompañadas por el actor. Las costas serán soportadas en el orden causado, en tanto no ha existido oposición de la parte demandada. Atento a lo dispuesto por el art. 792 del CPCC, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Río Negro, a fin de que proceda a la inscripción a nombre de los actores del inmueble supra identificado, cancelando la inscripción anterior a nombre de Adisio Arevalo y Poblete. Firme que se encuentre la presente se procederá a la fijación de audiencia en los términos del art. 24 de la L.A. a los efectos de establecer el monto base para la regulación de honorarios de los letrados intervinientes. Notifíquese por Secretaría. Regístrese. Fdo. Alejandro Cabral y Vedia. Juez.".-Secretaría, 26 de abril de 2019. Fdo. Jorge A. Fernández. Secretario Subrogante.