| Nº Edicto | 2365 |
|---|---|
| Carátula | 'L. C., C. N. S/ MEDIDA DE PROTECCION DE DERECHOS (f)' |
| Nro. Expediente | Recep.:M-2VR-23-F2018 |
| Organismo | Juzgado de Familia - Villa Regina |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2019-04-16 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2019-04-25 |
| Nº Boletín | 5768 |
| Texto | El Juzgado de Familia de Villa Regina, a cargo de la Dra Claudia Vesprini, Secretaría Unica a cargo de Dra María Belen Reppucci, sito en Santa Flora Oeste 277 de la ciudad de Villa Regina en los que tramitan los autos "S.,L. C., C. N. S/ MEDIDA DE PROTECCION DE DERECHOS (f)". - EXPTE. Nº: M-2VR-23-F2018.-, se ha dispuesto en providencia de fecha 22 de marzo de 2019 informar atento desconocer el domicilio actual y paradero de los Sres. Anabella Cyntia Isabel Carrillo (dni 33.820.72) y del Sr Enzo Sebastian Lucero (DNI 41.193.759), que en Sentencia recaida en Autos en fecha 13 de diciembre de 2018 (Protocolo n° 325) se ha dispuesto la legalidad de la medida excepcional de alojamiento del niño C., C. N . L (DNI 50.506.360) de 8 años de edad en el hogar de ORESPA, por el plazo de 90 días, desde la fecha 22 de noviembre de 2018 venciendo el día 19 de febrero de 2019, atento lo establecido por el art 39, G de la Ley Provincial 4109 en corcordancia con la Ley Nacional 26061 y Convencion Internacional de los derechos del niño y los compromisos asumidos la progenitora en Audiencia. Que en Sentencia de fecha 22 de marzo de 2019 se ha dispuesto la legalidad de la medida excepcional de alojamiento del niño C. C., N. L (DNI 50.506.360) de 9 años de edad en el hogar de ORESPA, por el plazo de 90 días, desde la fecha 20 de febrero de 2019 venciendo el día 20 de mayo de 2019, atento lo establecido por el art 39, G de la Ley Provincial 4109 en corcordancia con la Ley Nacional 26061 y Convencion Internacional de los derechos del niño. Se hace saber al mismo que el transcurso del tiempo torna aplicable lo dispuesto por el Art. 607 Inc C; Declaración judicial de situación de adoptabilidad. PUBLÍQUENSE edictos por TRES DIAS en el sitio web del Poder Judicial (conf. Ley Provincial 5273 y la Ac.N°4/2018 del STJ). Villa Regina, de abril de 2019.- |