| Nº Edicto | 2510 |
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| Carátula | CONSORCIO EDIFICIO ANDINO NORTE C/ SKOWRONSKA, ELIZABETH JUANA S/ EJECUCION DE EXPENSAS |
| Nro. Expediente | Recep.:D-3BA-7828-C2017 1ª Ins.:D-7828-17 |
| Organismo | Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº1 - Prosecretaría - S.C. de Bariloche |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2019-05-13 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2019-07-04 |
| Nº Boletín | 5788 |
| Texto | El Dr. Mariano A. Castro, Juez a cargo del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nro. 1 de la III° Circunscripción Judicial de Río Negro, sito en Pje. Juramento 190 Piso 5to. de San Carlos de Bariloche, Secretaría única a cargo de la Dra. María Luján Pérez Pysny, notifica la siguiente Resolución: //San Carlos de Bariloche, 14 de marzo de 2019.VISTOS...CONSIDERANDO... Por cuanto la ejecución tiene por objeto la deuda por expensas respecto del inmueble sito en Elflein 90 5to. A y no de otra unidad funcional o unidad complementaria... Por ello, RESUELVO: I) Readecuar la sentencia monitoria de fs. 35, mandando llevar adelante la ejecución de conformidad con lo dispuesto en el art. 531 del CPCC, contra SKOWRONSKA, ELIZABETH JUANA, hasta hacerse al acreedor íntegro pago del capital reclamado $ 92.917,95.- y no por la suma de $ 25.597,48.- , con más los intereses....hasta su efectivo pago (artículo 768 del C.C.yC) y las costas del juicio (art. 558 del CPCC)- II) Presupuestar la suma de $ 50.000.- y no la de $ 20.000 .-, para responder a intereses y costas del juicio.- III)... IV) Hacer saber al ejecutado que en cinco días hábiles contados desde su notificación deberá constituir domicilio, cumplir esta sentencia monitoria depositando en una cuenta judicial a nombre de estos autos el capital de condena más la suma estimada para intereses y costas, o en su defecto oponerse deduciendo las excepciones previstas en la ley, bajo apercibimiento de pasarse directamente a la etapa de cumplimiento forzado de la sentencia si no se efectúa el depósito ni se deduce excepciones (artículos 542 y 544 del CPCC), y de notificarle las providencias sucesivas en los términos de los artículos 40, 41 y 133 del código citado si no constituye domicilio.- V)...VI) Notifíquese en el domicilio real del ejecutado, de conformidad con los arts. 120; 41; 141; 339 y 490 del CPCC, y con transcripción del art. 542 del CPCC; regístrese y protocolícese.- Mariano A. Castro. Juez.- ///SAN CARLOS DE BARILOCHE, 24 de abril de 2019. Publíquense edictos por dos días en el "Boletín Oficial" y en el Sistema de Publicación y Consulta de edictos judiciales en la Web del Poder Judicial de Rio Negro...para notificar a ELIZABETH JUANA SKOWRONSKA la sentencia monitoria dictada en autos, con apercibimiento de designar al Defensor Oficial de Ausentes para asumir su representación en caso de no presentarse en los términos fijados en dicha sentencia, cuya parte resolutiva será transcripta en lo pertinente (artículos 145 y 343 del CPCC). Mariano A. Castro. Juez. San Carlos de Bariloche, 13 de mayo de 2019.- |