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EDICTO: El Dr. CRISTIAN TAU ANZOATEGUI, Juez de Primera Instancia, a cargo del Juzgado CIVIL, COMERCIAL, de MINERÍA y SUCESIONES Nro. CINCO, de la IIIera. Circunscripción Judicial de RIO NEGRO, con asiento en Pasaje Juramento Nro. 190, piso 4to., de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, Secretaría UNICA, desempeñada, por el Dr. IVAN SOSA LUKMAN, en autos caratulados "SEGURIDAD ALTO RIESGO S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO" (Expte. 18114-18: HACE SABER a acreedores, de la Firma SEGURIDAD ALTO RIESGO S.A. (C.U.I.T. 30-71255464-5) a iniciado su pedido de CONCURSO PREVENTIVO; de acuerdo al siguiente decreto, se ha dispuesto: ///San Carlos de Bariloche, 25 de junio de 2018.-blc-VISTOS:….Y CONSIDERANDO:…1º) …2º)….RESUELVO: I) Abrir el concurso preventivo de Seguridad Alto Riesgo S.R.L en los términos de los artículos 14 y 288 de la ley 24.522. II) Fijar audiencia a los efectos del sorteo de síndico para el día 05/07/2018 a la hora 10. III) Hágase saber al síndico que en el plazo de diez días contados desde su aceptación del cargo deberá a) pronunciarse sobre los pasivos laborales denunciados; y b) informar sobre la existencia de créditos comprendidos en el pronto pago, previa auditoría en la documentación legal y contable (artículo 14, inciso 11, de la ley 24.522, según ley 26.684). IV) Hágase saber al síndico que deberá informar mensualmente sobre la evolución de la empresa, la existencia de fondos líquidos disponibles y el cumplimiento de las normas legales y fiscales (artículo 14, inciso 12, de la ley 24.522, según ley 26.086). V) Establecer las siguientes fechas y hacer saber que: 1º) el plazo para verificar los créditos ante el síndico vencerá el 24/10/2018 (artículo 14, inciso 3º, ley citada); 2º) el plazo para revisar los legajos y observar los pedidos de verificación ante el síndico vencerá el 07/11/2018 (artículo 34, primer párrafo, ley citada); 3º) el plazo para presentar las copias de las impugnaciones de los acreedores vencerá el 09/11/2018 (artículo 34, segundo párrafo, ley citada); 4º) el plazo para presentar el informe individual vencerá eldía06/12/2018(artículo35,leycitada); 5º) el plazo para resolver los créditos insinuados vencerá el 20/12/2018(artículo36,leycitada); 6º) el plazo para presentar la propuesta de agrupamiento y clasificación vencerá el 06/02/2019 (artículo41,leycitada); 7º) el plazo para presentar el informe general vencerá el 20/02/2019 (artículo 39,leycitada); 8º) el plazo para observar el informe general vencerá el 06/03/2019 (artículo 40, ley citada); 9º) el plazo para resolver la categorización vencerá el20/03/2019(artículo42,leycitada); 10º) el plazo para presentar la propuesta de acuerdo preventivo vencerá el 04/04/2019 (art. 43, penúltimo párrafo,LCQ); 11º) el plazo para modificar la propuesta de acuerdo vencerá el 25/04/2019 en el momento de la audiencia informativa (art. 43, último párrafo, LCQ y punto siguiente de la presente); 12º) la audiencia informativa se llevará a cabo el 25/04/2019 a la hora 10:00 en la sede de este Juzgado sito en Pasaje Juramento 190, 4to. piso, de esta ciudad (artículos 14 inciso 10 y 45 penúltimo párrafo, ley citada). Encomiéndase al síndico la notificación de la audiencia informativa a los trabajadores por medios visibles en los establecimientos del concursado (artículo 14, inciso 10, de la ley 24.522, según ley 26.684). 13º) el período de exclusividad regirá entre la notificación ministerio legis de la resolución de categorización (artículo 42, ley citada) y el 06/05/2019 (artículo 43, primera parte, ley citada); y 14º) los plazos para hacer saber el acuerdo, impugnarlo, resolver las impugnaciones y, en su caso, homologar el acuerdo preventivo, dependerán de la fecha en que se presenten las conformidades correspondientes (artículos 49, 50, 51 y 52, ley citada). VI) Publicar edictos por cinco días en el Boletín Oficial y el diario … de acuerdo con los artículos 27 y 28 de la ley 24.522, …… VII) Anotar la apertura del concurso en el Registro de Concursos, a cuyo fin se librará oficio al Registro de Juicios Universales en el que a su vez se requerirá informe acerca de concursos anteriores. VIII) ….. una vez publicados los edictos (art. 21 primer párrafo LCQ) . Encomiéndase al síndico interviniente la confección y el diligenciamiento de los oficios ordenados, con cargo de acreditar su cumplimiento dentro del quinto día de aceptado el cargo. IX) Decretar la inhibición general de bienes Seguridad Alto Riesgo S.R.L y la imposibilidad de disponer y gravar cualquier bien registrable que posea, a cuyo fin se librarán los oficios del caso al Registro de la Propiedad Inmueble, a los Registros y Registros de la Propiedad Automotor, al Registro Nacional de Buques, al Registro de la Propiedad Intelectual, a la Dirección General de Propiedad Industrial, y a todos los Registros de la Circunscripciones donde el concursado tenga bienes, haciéndose saber a los respectivos organismos que deberán inscribir la medida sin previo pago de aranceles (artículo 273, inciso 8º, ley citada) y sin perjuicio de su posterior consideración dentro de los gastos de conservación y justicia (artículo 240, ley citada). …. X)….XI)…..XII)….XIII)….XIV)…. Protocolizar y registrar lo decidido. Fdo. Cristian Tau Anzoátegui JUEZ.-
SE HACE SABER, que la SINDICO sorteada en autos, es la Contadora Pública Nacional - Sra. MARIA SILVINA DOYLE, quien ha constituido domicilio legal a los efectos de este Concurso en Vice Almirante O`Connor Nº 665 - piso 2do. "F" en esta ciudad de S.C. de Bariloche. CONSTE. San Carlos de Bariloche, 13/07/2018. FDO: R. Iván Sosa Lukman (Secretario)
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