| Nº Edicto | 381 |
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| Carátula | DEFENSORIA DE MENORES E INC NRO 3 C/ CRUZ, FELIX S/ FILIACION (P/C D-2RO-2003-F16-15) |
| Nro. Expediente | Recep.:A-2RO-190-F2014 1ª Ins.:A-2RO-190-F16-14 |
| Organismo | Unidad Procesal Nº 16 (Ex-Juz. Familia 16) - General Roca |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2018-09-03 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | (sin datos) |
| Nº Boletín | (sin datos) |
| Texto | EDICTO
La Dra. Andrea Tormena, Jueza a cargo del Juzgado de Familia n° 16, Secretaría Unica, sito en San Luis 853, 1° piso de Gral. Roca, notifica al Sr. Félix Cruz la resolución dictada en Expte. A-2RO-190-F16-14 "DEFENSORÍA DE MENORES E iNC. C/ Cruz,Félix s/ Filiación" FALLO: I) Haciendo lugar a la demanda de reclamación de filiación paterna extramatrimonial interpuesta por la señora Defensora de Menores e Incapaces con la conformidad de la madre biológica, Sra. Fabiana Goroso, en favor de LAURA YULIANA GOROSO, contra el señor FÉLIX CRUZ, DNI 27.980.401 y en consecuencia tener por probado que el demandado es el padre biológico de la joven, nacida en la localidad de General Roca el día 1 de Julio de 2001, titular del DNI N° 43.948.043 e inscripto su nacimiento mediante Acta 328, F° 97, T°II. Año 2002 del Registro Civil y Capacidad de las Personas. Costas al demandado. II) Regulo los honorarios de la Dra. María Cristina Diaz (Titular de la Defensoría de Menores e Incapaces Nro.3) en la suma de $ 32.070 (arts. 6, 7, 9, 38, 39 L.A. y Resolución 529/05 del S.T.J) teniendo como pautas mensuradoras la tarea efectivamente desarrollada, tiempo, éxito, complejidad y etapas cumplidas (tres etapas del proceso ordinario). III) Oportunamente, ofíciese al Registro Civil y Capacidad de las personas con asiento en Viedma a los fines de la inscripción de la presente sentencia, debiendo la joven mantener su nombre y apellido LAURA YULIANA GOROSO. IV) Notifíquese y regístrese.Dra. Andrea Tormena,Jueza de Familia .Publíquese por DOS días.General Roca, 3 de Agosto de 2018 |