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Nº Edicto3977
CarátulaCENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE VILLA REGINA C/ INSUMOS PATAGONICOS S.R.L. S/ EJECUTIVO (c)
Nro. ExpedienteRecep.:VRC-8722-J21-14
1ª Ins.:VRC-8722-J21-14
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería, Familia y Sucesiones Nº21 - Villa Regina
Fecha de publicación en la Web Judicial2019-11-05
Fecha de publicación en el Boletín Oficial(sin datos)
Nº Boletín(sin datos)
Texto

EDICTO DE REMATE

LA DOCTORA PAOLA SANTARELLI, JUEZ a cargo del Juzgado en lo Civil, Comercial, y de Mineria Nº 21 de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento de sus funciones en la calle Castelli 62 de Villa Regina (R.N), Secretaría ÚNICA por Subrogancia, con asiento de sus funciones en Castelli N° 62 de la ciudad de Villa Regina, Provincia de Río Negro; comunica por UN DIA en el Boletín Oficial, DOS DIAS en el Diario Rio Negro y en la página web oficial del Poder Judicial de Río Negro (http://servicios.jusrionegro.gov.ar/inicio/web/) en los autos caratulados:” CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE VILLA REGINA, ( CUIT: 30-57248512-5) C/ INSUMOS PATAGONICOS S.R.L.(CUIT: 30-70867575-6) S/ EJECUTIVO ( Expte. Nº 8722-J21-14); que Rosa A. Dell´ Órfano -(CUIT- 27-10.595.310-6); martillero, matrícula (LºI-Fº 8-Nº 68/1986); rematará el día Jueves 14 de Noviembre de 2019, a las 10,30 horas , en el domicilio de la calle José Hernández 366 de Villa Regina (RN), el siguiente bien: Un automotor marca marca TOYOTA, MODELO HILUX 4 X 2; año 2004; CABINA DOBLE DX 3.0, TIPO PICK UP, DOMINIO EKV 192-; motor TOYOTA; número 5L-5385409; chasis marca TOYOTA Nº 8AJ33LNL049110814-CONDICIONES: La subasta se realiza SIN BASE, en el estado y condiciones en que se encuentra, y exhibe el bien; al contado y mejor postor y sin financiación de pago. Esta venta queda sujeta a la aprobación judicial. DEUDA: PATENTES: $ 39.308,10 al 02/2018.- SEÑA: 30% al contado en el acto de la subasta; debiendo abonar el saldo de precio dentro de los cinco días de aprobada la subasta. COMISIÓN: 10% al contado y en efectivo a cargo de comprador. EXHIBICIÓN: en el mismo lugar de la subasta media hora antes. Se deja constancia que el comprador se hace cargo del pago de patente adeudadas a partir de quedar firme el auto de aprobación de la subasta. Art. 572 CPC. Los gastos del sellado del boleto; traslado del mismo; y la inscripción en el Registro de la Propiedad del Automotor, son a cargo único y exclusivo del comprador.-CONSULTAS: al (cel. 0298-15-4642.549), Profesionales intervinientes, Doctores: Natalia E. Mones y Hernán Mones. Villa Regina, a los 01 del mes de Noviembre de 2019.-----------------------------------------------