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Nº Edicto3985
CarátulaFLORES CLAUDIA ANDREA C/ SAN FORMERIO SRL y DESARROLLO SUR SRL S/ RECLAMO
Nro. ExpedienteRecep.:R-2RO-2491-L2016
1ª Ins.:R-2RO-2491-L1-16
OrganismoCámara del Trabajo - Secretaría Nº1 - General Roca
Fecha de publicación en la Web Judicial2019-11-04
Fecha de publicación en el Boletín Oficial(sin datos)
Nº Boletín(sin datos)
Texto

EDICTO

 

El Dr. JOSE LUIS RODRIGUEZ- Presidente- Camara Primera del Trabajo, de la 2º Circunscripción Judicial, sito en calle San Luís Nº 853, de la ciudad de General roca, Provincia Río Negro, comunica por Un  día  en Boletín Oficial y en pagina web del Poder Judicial en autos: “Flores Claudia Andrea C/ San Formerio SRL y Desarrollo Sur SRL S/ Reclamo ” Expte Nº  R-2RO-2491-L1-16., Dni. Nº 25.655.231, Cuit: 30-57259844-2; Cuit. 30-71289810-7. Que el Martillero SUSANA BEATRIZ POSPÍSIL, Cuit. 27-14169006-5.REMATARA: inmueble ubicado en zona chacras de la localidad de Allen, DC. 04-1-L-004-01B, Lote:01B, Ch.004, RPI: Mat.º 04-8575, sup.: 26 Ha.68ca 27 a, La misma se encuentra en avanzado estado de abandono, cuenta con gran cantidad de pastizales y 3 cuadros plantados de manzanas y peras, no cuenta con encargado ni nadie que cuide y la casa que posee, esta totalmente abandonada y destruida, cuenta con acceso por ruta nac. 22 y otra salida por su contrafrente, sin alameda, sin ocupantes. DEUDAS: ART: 16/03/2016 a 29/05/2019, $ 17.298,20, Municipalidad; sin deudas. Consorcio Regantes: 12-09-2017 al 11-05-2018, $ 28.883,16. FECHA Y LUGAR DE SUBASTA: 15 de Noviembre de 2019 a las 10,30 hs. en calle Hipólito Irigoyen Nº 457, (Salón Bomberos Voluntarios), de esta localidad, Solicitar informes al martillero TEL: 0298-154416380. mail: pospisilsu@gmail.com SEÑA: 8% VENTA: sujeta a aprobación Judicial, con base $ 3.994.173 y al contado, el saldo restante dentro de los cinco (5) días de aprobada la misma. Comisión del martillero (3%) a cargo del comprador. El que resultare comprador en la subasta de los inmuebles a rematar, deberá hacerse cargo de todos los gastos y deudas que sobre el mismo puedan existir, desde el momento que queda firme el auto de aprobación de subasta, quién deberá constituir domicilio en el radio del Juzgado. Gral Roca,          …………..de Noviembre de 2019.