| Nº Edicto | 4437 |
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| Carátula | ROBLES AGUILERA, CARMEN GLORIA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (jp) |
| Nro. Expediente | Recep.:VRJP-5555-JPVR-17 1ª Ins.:5555-JPVR-17 |
| Organismo | Juzgado de Paz - Villa Regina |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2020-09-28 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2020-10-01 |
| Nº Boletín | 5919 |
| Texto | Dra. Adriana Irma Oleari, Juez a cargo del Juzgado de Paz de Villa Regina, Secretaria Única a cargo de la Dra. Rocio Isamara Langa, con asiento en Calle España 64 de la ciudad de Villa Regina, en el que tramitan los autos:"ROBLES AGUILERA, CARMEN GLORIA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (jp)" = (5555-JPVR-17);cita y emplaza por el término de QUINCE días a SOFANOR SALAZAR VEGA.La Providencia que lo ordena, en su parte pertinente dice: "///LLA REGINA; 05 de febrero de 2020.(...) Advirtiendo la imposibilidad de practicar información sumaria a fin de determinar el último domicilio del demandado SOFANOR SALAZAR VEGA, por no poder individualizar al demandado, quien solo posee un número de matrícula expedido por el Consulado de Chile en Neuquén, publíquese edictos por el término de DOS (2) DIAS, conforme Ac. 04/2018-STJ en el Boletín Oficial y en el sitio web del Poder Judicial, a efectos de dar traslado de la demanda (Art. 146 y 147 del CPCyC) bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes.(...) Fdo.: Dra. Adriana Irma Oleari-Juez de Paz -Titular-VILLA REGINA-R.N" |