‹ Volver al listado Imprimir

Nº Edicto4710
CarátulaBANCO DE LA PAMPA S.E.M C/ OPORTO MAURICIO RICARDO S/ PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA
Nro. ExpedienteRecep.:D-4CI-6621-C2017
1ª Ins.:D-4CI-6621-C2017
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - Cipolletti
Fecha de publicación en la Web Judicial2020-08-27
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2020-11-12
Nº Boletín5931
Texto
El Dr. Diego De Vergilio a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Mineria y Sucesiones Nº 1, Secretaría Unica a cargo de la Dra. Diana FUENTES, sito en calle Irigoyen 387 1er piso de la ciudad de Cipolletti, hace saber que con fecha 16 de septiembre de 2019, se ha dictado sentencia monitoria en los autos  BANCO DE LA PAMPA S.E.M. C/ OPORTO, Mauricio Ricardo S/ Prepara vía ejecutiva, Expte: D-4CI-6621-C2017 mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado MAURICIO RICARDO OPORTO DNI 25.679.457 CUIT 20-25679457-9, haga al acreedor BANCO DE LA PAMPA S.E.M,  íntegro pago del capital reclamado de $59.744,59 con más sus intereses, costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 539 del CPCC), presupuestàndose a tales fines la suma de $24.000. Se hace saber que dentro del plazo de CINCO días, con más la ampliación que corresponda en razón de la distancia (art. 158 CPCC), el demandado deberá oponer las excepciones previstas por el art. 544 del CPCC, lo que deberá hacerse en un solo escrito y conjuntamente con el ofrecimiento de prueba, bajo apercibimiento de ejecución (art. 542 CPCC) y tome la intervención que le corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de designarle DEFENSOR DE AUSENTES. Cipolletti, 27 de agosto de 2020.-