| Nº Edicto | 5079 |
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| Carátula | ARTESANOS DEL SABOR S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO |
| Nro. Expediente | Recep.:G-3BA-64-C2019 1ª Ins.:G-3BA-64-C2019 |
| Organismo | Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº3 - Secretaría Nº1 - S.C. de Bariloche |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2020-08-24 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2020-08-31 |
| Nº Boletín | 5910 |
| Texto | El Dr. Santiago Morán Juez a cargo del Juzgado en lo Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones Nº 3 de la III Circunscripción Judicial de la Prov. de Río Negro, sito en la calle J. J. Paso 167 PB de SC de Bariloche, Secretaria Única a cargo de la Dra. Alejandra Marcoloni Rodriguez hace saber por el termino de 5 días que en los autos caratulados "ARTESANOS DEL SABOR S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO" (Expte. N° G-3BA-64-C2019)” se ha dispuesto que el plazo para modificar la propuesta de acuerdo vencerá el 07 DE SEPTIEMBRE DE 2020 en el momento de la audiencia informativa (art. 43, último párrafo, LCQ y punto siguiente de la presente); 12º) la audiencia informativa se llevará a cabo el 07 DE SEPTIEMBRE DE 2020 a la hora 10 en la sede de este Juzgado sito en Juan José Paso 167 de esta ciudad (artículos 14 inciso 10 y 45 penúltimo párrafo, ley citada); el período de exclusividad regirá entre la notificación ministerio legis de la resolución de categorización (artículo 42, ley citada) y el 14 DE SEPTIEMBRE DE 2020 (artículo 43, primera parte, ley citada); el plazo para obtener el acuerdo de los acreedores, tanto quirografarios como privilegiados, vencerá el 14 DE SEPTIEMBRE DE 2020 (artículos 45 y 47, ley citada); y los plazos para hacer saber el acuerdo, impugnarlo, resolver las impugnaciones y, en su caso, homologar el acuerdo preventivo, dependerán de la fecha en que se presenten las conformidades correspondientes (artículos 49, 50, 51 y 52, ley citada).
San Carlos de Bariloche, 24 de Agosto de 2020. Fdo. Dra. María Alejandra Marcolini Rodriguez, Secretaria.-
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