| Nº Edicto | 5572 |
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| Carátula | CREDITOS S.R.L. C/ MIRANDA JORGE ANTONIO S/ EJECUTIVO (c) |
| Nro. Expediente | Recep.:D-2RO-8912-C2019 1ª Ins.:D-2RO-8912-C1-19 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº1 - General Roca |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2020-10-28 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2020-12-17 |
| Nº Boletín | 5940 |
| Texto | DRA. MARIA DEL CARMEN VILLALBA, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería N° UNO, Secretaría UNICA, sito en calle San Luis 853 2do. Piso., de la ciudad de General Roca Río Negro, cita al Sr. JORGE ANTONIO MIRANDA, DNI 12.816.382, por el término de CINCO días a fin de que comparezca ante ese Juzgado estar a derecho en los autos caratulados “CREDITOS S.R.L. C/ MIRANDA JORGE ANTONIO S/ EJECUTIVO (c) (Expte. Nº D-2RO-8912-C1-19)”, bajo apercibimiento de designársele Defensor de Ausentes para que lo represente. Asimismo, se hace saber al citado que en el marco de dichas actuaciones el 24.10.19 se dictó SENTENCIA MONITORIA mandando a llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado haga íntegro pago al acreedor CREDITOS S.R.L. del capital reclamado por la suma de $10.000.-, con más sus intereses, costos y costas de la ejecución, con la salvedad que los intereses punitorios no podrán exceder del 50% de los moratorios, de conformidad con lo dispuesto por el art. 771 del CCyC (arts. 68 y 539 del C.P.C. y C.), regulándose los honorarios del Dr. Martín Saldico en $6.330.- (arts 6, 7, 8, 9,10, 41 Ley G 2212 y art. 77 del CPC y C), debiendo darse cumplimiento al pago del aporte obligatorio previsto en la Ley P. 869. Publíquese por Un día. General Roca, 28 de octubre de 2020.- |