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Nº Edicto5827
CarátulaVAZQUEZ MONICA C/ DI MARCO PAOLA ANDREA y OTRO S/ EJECUCION
Nro. ExpedienteRecep.:D-2RO-9033-C2019
1ª Ins.:D-2RO-9033-C5-19
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº5 - General Roca
Fecha de publicación en la Web Judicial2020-11-26
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2020-12-15
Nº Boletín5939
TextoJuzgado Civil N° 5
2da. Circ. Judicial
San Luis 853, 2° Piso
Gral. Roca

LAURA FONTANA, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro.CINCO- Secretaría UNICA sito en calle San Luis 853 2do.Piso.General Roca- Río Negro, en autos: "VAZQUEZ MONICA C/ DI MARCO PAOLA ANDREA y OTRO S/ EJECUCION" (EXPTE.D-2RO-9033-C5-19) notifica a la SRA. PAOLA ANDREA DI MARCO - DNI 24.078.858 sentencia monitoria y debiendo comparecer en el término de CINCO días a oponer excepciones. La sentencia en su parte pertinente dice:" General Roca, 19 de noviembre de 2019. AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados:"VAZQUEZ MONICA C/ DI MARCO PAOLA ANDREA y OTRO S/ EJECUCION" (EXPTE.D-2RO-9033-C5-19)-I.- Que a fs.18 se presenta VAZQUEZ MONICA e inicia EJECUCIÓN DE CONVENIO contra DI MARCO PAOLA ANDREA y DI MARCO JOSE MARIA ...RESUELVO: I.- Llevar la ejecución adelante contra DI MARCO PAOLA ANDREA y DI MARCO JOSE MARIA por la suma de $100.000,00.- en concepto de capital, con más los intereses que correspondan hasta la fecha del efectivo pago; presupuestándose la suma de $60.000,00.- en concepto costos y costas.- Con costas al ejecutado (art. 68 CPCyC).-.... II.- Hágase saber al ejecutado que en el plazo de CINCO días podrá oponerse a esta sentencia deduciendo las excepciones previstas en el art. 506 CPCyC, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 508 del CPCyC.- FdoLAURA FONTANA-JUEZ
El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial y en la página Web del Poder Judicial

DRA. SELVA A. ARANEA
SECRETARIA