‹ Volver al listado Imprimir

Nº Edicto6937
CarátulaM.I.R. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO CEJUME(f)
Nro. ExpedienteRecep.:I-1SAO304-F2018
1ª Ins.:2405/2018
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste
Fecha de publicación en la Web Judicial2021-05-13
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2021-05-20
Nº Boletín5980
TextoLa Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia N° 9, Secretaría N° 1 a cargo del Dr. F. Daniel Gutiérrez, con asiento en San Antonio Oeste - sito en Sarmiento 241 - de esta Primera Circunscripción Judicial de Río Negro, en autos "M.I.R. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO CEJUME(f)" Expte.: 2405/2018 hace saber al Sr. Jose Maria SPINOLA DNI. 32.057.281 de la providencia de fecha 04/11/2020 "San Antonio Oeste, 04 de noviembre de 2020.- (...) Atento lo peticionado, intímase al demandado para que en el plazo de cinco (5) días de notificado abone la suma de $45.000,00 en concepto de cuotas alimentarias adeudadas, bajo apercibimiento de ejecución. Notifíquese.- Fdo.: K. Vanessa Kozaczuk, Jueza" y cíteselo para que en el término de 05 días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes que lo represente. Publíquese edictos por un día en el Boletín oficial (Conf. Art. 2340 CCyC) y a los fines de una debida publicidad (Ac. 14/18 del STJ), por un día en la página web del Poder Judicial. Hágase saber que la actora cuenta con beneficio de litigar sin gastos.- San Antonio Oeste, 10 de Mayo de 2021.-