| Nº Edicto | 7165 |
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| Carátula | G.L.A. C/ P.P.A. S/ CUIDADO PERSONAL(f) (VIRTUAL) |
| Nro. Expediente | Recep.:P-1SAO104-F2021 1ª Ins.:4978/2021 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2021-06-09 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2021-06-17 |
| Nº Boletín | 5990 |
| Texto | La Dra. K. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia N° 9, Secretaría N°2 a cargo de la Dra. Daniela Adduci, con asiento en San Antonio Oeste -sito en Sarmiento 241- de esta Primera Circunscripción Judicial de Río Negro, en autos "G.L.A. C/ P.P.A. S/ CUIDADO PERSONAL(f) (VIRTUAL)" Expte N° 4978/2021, hace saber a la Sra. PAOLA PAILLALEF DNI 31.939.171 que atento encontrarse vencido el término acordado a la parte demandada para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaído el derecho que para hacerlo tenía y hágase efectivo el apercibimiento previsto por el Art. 59 del CPCC, declarándose rebelde en juicio a la demandada, PAOLA PAILLALEF. Se deja constancia que el presente cuenta con beneficio de ligar sin gastos.- Secretaría, 09 de junio de 2021.- |