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Nº Edicto7653
CarátulaSEGURA FATO, GABRIELA JUDITH C/ EMPRESA KO-KO S.R.L. y OTRAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario) (DOS CUERPOS-P/C M-2RO-996-C9-18)
Nro. ExpedienteRecep.:A-2RO-1424-C2018
1ª Ins.:A-2RO-1424-C9-18
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº9 - General Roca
Fecha de publicación en la Web Judicial2021-08-05
Fecha de publicación en el Boletín Oficial2021-08-12
Nº Boletín6006
Texto

EDICTO

La Dra. Veronica I. Hernández, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones Nº 9 de General Roca (RN), Secretaria Única de la Dra. Romina Zilvestein, NOTIFICA al Sr. Botella Alberto Vivente, DNI. N.º 14.714.262 que en autos: "SEGURA FATO, GABRIELA JUDITH C/ EMPRESA KO-KO S.R.L. y OTRAS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ORDINARIO) EXPTE. Nº: A-2RO-1424-C9-18), se ha dictado la sentencia de fecha 23 de junio de 2021, que en su parte resolutiva dice textualmente: “General Roca, 23 de junio de 2021 …. SENTENCIO: 1. Haciendo lugar a la demanda promovida por Gabriela Judith Segura Fato, en consecuencia, condenando a Empresa de Transporte de Pasajeros Ko - Ko SRL y a Alberto Botella a abonar la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 70/100 ($ 850.969,70), con el alcance establecido y con más los intereses descriptos en los considerandos, dentro de los DIEZ (10) días de notificado y bajo apercibimiento de ejecución, con costas. 2. Haciendo extensiva la condena a Escudo Seguros S.A. en la medida de lo dispuesto por el art. 118 de la Ley de Seguros, con costas.3.- Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se cuente en autos con planilla de liquidación firme a tal efecto, acorde los considerandos, a fin de realizar una regulación íntegra que incluya los honorarios complementarios (art. 19 L.A. - ver Bonacchi R. y Otro c/ Embotelladora Comahue S.A. y Otra s/Ejec. Hon. \\\"con cita de fallo S.T.J. in re \\\"Paparatto A, c/López G.y Otros\\\", publicado en J.C. de Cámara, T. 13, págs. 23/24). 4. Notifíquese y regístrese. Fdo.: Dra. VERONICA I. HERNANDEZ -JUEZ”. Se hace saber que el presente se encuentra exento de pago de aranceles por tener concedido Beneficio de Litigar sin Gastos conforme resolución de fecha 24/04/2019 en autos: SEGURA FATO GABRIELA JUDITH S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (Expte. M-2RO-996-C9-18).- Publíquese edictos por dos días en el Boletín Oficial y página del sitio web oficial del Poder Judicial.-
GENERAL ROCA, 5 de agosto de 2021.-