| Nº Edicto | 8117 |
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| Carátula | DI BIAGIO ADRIANA MERCEDES C/ DELFINO Y TISSONE ANTONIO MARIA LUCIO Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA (Ordinario) |
| Nro. Expediente | Recep.:A-1SAO55-C2018 1ª Ins.:1831/2018 |
| Organismo | Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia Nº 9 - San Antonio Oeste |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2021-09-15 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2021-09-23 |
| Nº Boletín | 6018 |
| Texto | San Antonio Oeste, 18 de agosto de 2021.-Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: "DI BIAGIO ADRIANA MERCEDES C/ DELFINO Y TISSONE ANTONIO MARIA LUCIO Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA (Ordinario)", Expte. Nº 1831/2018, Receptoría Nº A-1SAO55-C2018, traídos a despacho para resolver, de los que;RESULTA(...)CONSIDERANDO(...)RESUELVO:1).- Hacer lugar a la acción interpuesta y declarar adquirido por posesión veinteañal a favor de Adriana Mercedes Di Biagio el inmueble con NC 17-1-C-265-10 inscripto al T 18, folio 114, finca 3640 sito en calle Roca 261 de esta Ciudad, según surge del plano acompañado para tramitar prescripción adquisitiva de dominio y con una superficie de 1250.00 m2.-2).- Imponer las costas a la actora, conforme lo expuesto en el Considerando VII.-3).- Diferir la regulación de honorarios hasta tanto existan pautas para su determinación (Art. 24 L.A.).-4).- Firme que se encuentre la presente y acreditados los libre de deuda tributarios y de servicios, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 792 del CPCC, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble con transcripción o copia de ésta sentencia a fin de que proceda a tomar razón de la prescripción adquisitiva del dominio del inmueble a favor de Adriana Mercedes Di Biagio respecto del inmueble que se pretende usucapir NC 17-1-C-265-10 inscripto al T 18, folio 114, finca 3640 sito en calle Roca 261, según surge del plano acompañado para tramitar prescripción adquisitiva de dominio y con una superficie de 1250.00 m2., cancelando en lo pertinente las inscripciones anteriores.-5).-Regístrese, protocolícese y notifíquese y firme la presente devuélvase la documentación reservada en Secretaría.-Fdo.K. Vanessa Kozaczuk-Jueza. |