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Nº Edicto8337
CarátulaCONSORCIO DE RIEGO Y DRENAJE DE VILLA REGINA, GRAL. E. GODOY Y CHICHINALES C/ TREVES, ELIEZE RAHUM S/ EJECUTIVO (c)
Nro. ExpedienteRecep.:VRC-10748-J21-17
1ª Ins.:10748-J21-17
OrganismoJuzgado Civil, Comercial, Minería, Familia y Sucesiones Nº21 - Villa Regina
Fecha de publicación en la Web Judicial2021-10-04
Fecha de publicación en el Boletín Oficial(sin datos)
Nº Boletín(sin datos)
Texto
Por orden del Juzgado en lo Civil, Comercial, Minería y Sucesiones número veintiuno, a cargo de la doctora MARIA DEL CARMEN  VILLALBA, Jueza Sustituta, secretaría única a cargo de la Dra. Rocio LANGA por subrogancia legal, se comunica por un día en boletín oficial y página web del Poder Judicial de la Provincia de Río Negro, y dos días en diario Rio Negro, que en juicio: “Autos : "CONSORCIO DE RIEGO Y DRENAJE DE VILLA REGINA, GRAL. E. GODOY Y CHICHINALES C/ TREVES, Elize Rahum  s / EJECUTIVO (c)". Exp. Nº VRC-10748-J21-17 , el martillero Francisco CASTAÑEDA, cuit. 20-08211676-2, REMATARA el día  29 de Octubre de 2021, a horas 10,00, en 25 de Mayo 3  de Villa Regina (Predio del Consorcio de Riego), el 100% del siguiente inmueble:D.C. 06-1-K-009-02 , matrícula matrícula 06-7545.- El lote 2, de unas seis hectáreas donde vive el hijo del demandado, Brian Treves, que también tiene una vivienda antigua con pequeña cochera y de condición humilde y, al igual que  donde él vive, tiene frutales que no producen pues su hijo se dedica al transporte. Ambas propiedades cuentan con gas natural y energía eléctrica.- Recorro por la calle vecinal el lote uno y se notable la falta de tareas culturales en el lugar Estado de ocupación: Conforme dichos del demandado, vive su hijo Brian Treves.- CONDICIONES DE VENTA: Base:$ 2.182.697,75$.- Contado y mejor postor.- Seña 10%, comisión 3% y sellado del boleto ,efectivo a cargo del comprador.- En el mismo acto, si fracasare el remate por falta de postores, después de la media hora de iniciado el mismo, se reducirá la base al setenta y cinco por ciento. Si durante la media hora siguiente tampoco hubiere ofertas, se reducirá la base al cincuenta por ciento (50%). (art. 580 del CPC.). y si fracasare nuevamente por falta de postores durante quince minutos, suspenderá definitivamente el acto y lo hará saber al juzgado con el informe pertinente y la liquidación de los gastos (Art. 580 CPCC)..-DEUDA: Rentas: al  08-06-21 $ 12.398,10.-Municipalidad: al 17-05-21, por tasas $ 30.742,70.- Consorcio de riego : al 15-09-20165 $ 30.775.41 (período 4 / 2016).-Se exige  a quien o quiénes resulten compradores, la constitución de domicilio procesal en el radio del Juzgado conforme al Art. 40 del CPCC, bajo apercibimiento que las sucesivas providencias se le darán por notificadas automáticamente en la forma y oportunidad previstas por el Art. 133 del CPCC. En caso de adquisición por comisión, el comprador deberá indicar dentro del tercer día de realizada la subasta, el nombre de su comitente, en escrito firmado por ambos, debiendo el mismo constituir domicilio en esa presentación, conforme lo dispuesto en el Art. 571 del CPCC, bajo apercibimiento de lo establecido en el mismo.- Profesional por la actora, Dr. LUIS GUSTAVO ARIAS.- Es obligación depositar seña y comisión en el acto del remate.-CUIT.Actora:30-67274042-4.-Demandado:Cuit. 20-07563648-3.- Exhibición el día anterior al remate de 09,00 horas a 09,30 en quintas zona Villa Regina.-Se deja constancia que el presente puede visualizarse en la página web del poder Judicial.-Consultas con el martillero.-Tel.298-4641917.- Villa Regina (RN),  4 de octubre  2021.