| Nº Edicto | 8405 |
|---|---|
| Carátula | DIETZ, MARCELO FABIÁN C/ GALIE, MÓNICA ADRIANA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L) |
| Nro. Expediente | Recep.:VI-00011-L-0000 |
| Organismo | Cámara del Trabajo - Viedma |
| Fecha de publicación en la Web Judicial | 2021-10-04 |
| Fecha de publicación en el Boletín Oficial | 2021-10-12 |
| Nº Boletín | 6023 |
| Texto |
La Cámara del Trabajo de la Ira. Circunscripción Judicial de Río Negro, Presidencia del Dr. Carlos Marcelo Valverde, Secretaría Nro. 2 a cargo del Dr. Martín J. Crespo, en los autos caratulados "DIETZ, MARCELO FABIÁN C/ GALIE, MÓNICA ADRIANA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO (L)" - Expte. N°: VI-00011-L-000 notifica a la Sra. Monica Adriana Galie la sentencia dictada el día 01/11/2013 que en su parte pertinente, dice: "VIEDMA, 1º de noviembre de 2013. AUTOS Y VISTOS: (...) LA CAMARA DEL TRABAJO DE VIEDMA R E S U E L V E : Art. 1.- Rechazar la demanda interpuesta por Marcelo Fabián Dietz contra Mónica Adriana Galie en concepto de lucro cesante, daño moral y psicológico reclamado con motivo del accidente de trabajo que denunciara.- Art. 2.- Imponer las costas al actor (art. 25, Ley nro. 1.504), pero eximiéndolo de responder por ellas en virtud de no tornar ilusorio el crédito que emerge de los reclamos laborales que prosperan.- Art. 3.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Yanina Laval en la suma de Pesos Cuarenta y siete mil quinientos setenta y seis con noventa y siete centavos ( $ 47.576,97); los de los Dres. Gervasio Vallati y Alberto Visintín, en conjunto, en la suma de Pesos Setenta y dos mil ochocientos veintiuno con noventa centavos ( $ 72.821,90) y de los Dres. Javier Perrote y Pablo Sergio Mao, en conjunto, en la suma de Pesos Ciento un mil novecientos cincuenta con sesenta y seis centavos ( $ 101.950,66) (M.B. 485.479,36 -el de demanda-; coef. 7%+40%; 15% y 15%+40%, respectivamente); arts. 6, 8, 10 y ccdtes. L.A.), los que deberán ser abonados dentro de los diez (10) días de su notificación. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley nro. 869. A los fines regulatorios se ha tenido en consideración la tarea profesional desarrollada, el resultado obtenido y las etapas del juicio cumplidas. - Art. 4.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por Marcelo Fabián Dietz, condenando a la demandada Mónica Adriana Galie, a abonarle, dentro del plazo de diez (10) días de la notificación de la presente, el monto total de Pesos Ciento sesenta mil quinientos veintidos con treinta y un centavos ( $ 160.522,31) en concepto de indemnización por antigüedad, preaviso e integración mes de despido (arts. 232, 233, 245 LCT), vacaciones y sueldo anual complementario proporcionales, multa art. 15 Ley nro. 24.013 y diferencias salariales -enero 2009/marzo 2010- y salarios caídos correspondientes a abril 2010/octrubre 2010, deducidos los importes efectivamente percibidos, según rubros liquidados a fs. 81/83, desestimándose el reclamo en concepto de multas previstas en los artículos 2 de la Ley nro. 25.323 y 80 LCT, incluídos los intereses conf. doctrina STJRN in re: "Loza Longo" del 27.05.10 y sin perjuicio de los que correspondan hasta el momento de su efectivo pago.- Art. 5.- Costas a la demandada (art. 25, Ley nro. 1.504).- Art. 6.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Yanina Laval en la suma de Pesos Treinta y tres mil setecientos nueve con sesenta y siete centavos ( $ 33.709,67) y los de los Dres. Gervasio Vallati y Alberto Visintin, en conjunto, en la suma de Pesos Once mil doscientos treinta y seis con cincuenta y seis centavos ( $ 11.236,56) (M.B. $ 160.522,31 al 31.08.13, coef. 15%+40% y 7%, respectivamente; arts. 6, 8, 10 y ccdtes. L.A.).- La regulación de los mismos ha tenido en cuenta, la labor profesional, el resultado obtenido y las etapas efectivamente cumplidas en autos. Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869. - Art. 6.- Regular los honorarios profesionales de los peritos Dr. Jorge R. Boland en la suma de Pesos Dos mil ( $ 2.000) y de la Licenciada Belén Alvárez Costa en la suma de Pesos Dos mil ( $ 2.000).- Art. 7.- Regístrese y notifíquese.- FDO. Dr. Eduardo Roumec, Juez; Dr. Ernesto J. F. Rodríguez, Juez y Dr. Jorge Bustamante, Juez. ANTE MI: Dra. Mirta A. de Ricca, Secretaria".- Publíquense edictos por dos (2) días, en el Boletín Oficial art. 22 de la Ley 1504 y a través de la página web del Poder Judicial de la Provincia de Río Negro -Ley 5.273 y Acordada 04/18- FDO: Martin José CRESPO.- Secretario.- |